Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2025-10305)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Políticas contra la Despoblación, por la que se publica el Convenio con la Universidad del Pais Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, para la realización del Programa Campus Rural de prácticas universitarias en el medio rural.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125
Sábado 24 de mayo de 2025
Decimonovena.
Sec. III. Pág. 68769
Protección de datos personales.
En el ejercicio de las funciones previstas en el presente convenio, las partes
adecuarán sus actuaciones a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como al Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE
(Reglamento general de protección de datos).
Asimismo, las partes firmantes garantizarán, en su caso, la confidencialidad de la
información empleada en el desarrollo de las actuaciones previstas en el presente
convenio.
Vigésima. Naturaleza jurídica.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo establecido en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Las cuestiones litigiosas sobre la interpretación, cumplimiento y efectos del presente
convenio, que no sean resueltas por mutuo acuerdo de las partes en la Comisión de
seguimiento establecida en la cláusula decimotercera serán de conocimiento y
competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
cve: BOE-A-2025-10305
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de su conformidad con cuanto antecede, las partes firman el presente
convenio en los lugares señalados en su encabezamiento y en las fechas indicadas en
las firmas electrónicas, tomándose como fecha de formalización del convenio la del
último firmante.–Por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la
Vicepresidenta Tercera y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, P.
D. (Orden TED/533/2021, de 20 de mayo), la Directora General de Políticas contra la
Despoblación, Ana de los Ángeles Marín Andreu.–Por la Universidad del País
Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, la Vicerrectora de Coordinación y Compromiso
Social, P. D. (Resolución Rectoral, 30 de enero de 2025), Aitziber Mendiguren Ordorika.
Núm. 125
Sábado 24 de mayo de 2025
Decimonovena.
Sec. III. Pág. 68769
Protección de datos personales.
En el ejercicio de las funciones previstas en el presente convenio, las partes
adecuarán sus actuaciones a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como al Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE
(Reglamento general de protección de datos).
Asimismo, las partes firmantes garantizarán, en su caso, la confidencialidad de la
información empleada en el desarrollo de las actuaciones previstas en el presente
convenio.
Vigésima. Naturaleza jurídica.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo establecido en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Las cuestiones litigiosas sobre la interpretación, cumplimiento y efectos del presente
convenio, que no sean resueltas por mutuo acuerdo de las partes en la Comisión de
seguimiento establecida en la cláusula decimotercera serán de conocimiento y
competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
cve: BOE-A-2025-10305
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de su conformidad con cuanto antecede, las partes firman el presente
convenio en los lugares señalados en su encabezamiento y en las fechas indicadas en
las firmas electrónicas, tomándose como fecha de formalización del convenio la del
último firmante.–Por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la
Vicepresidenta Tercera y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, P.
D. (Orden TED/533/2021, de 20 de mayo), la Directora General de Políticas contra la
Despoblación, Ana de los Ángeles Marín Andreu.–Por la Universidad del País
Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, la Vicerrectora de Coordinación y Compromiso
Social, P. D. (Resolución Rectoral, 30 de enero de 2025), Aitziber Mendiguren Ordorika.