Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-10306)
Resolución de 16 de mayo de 2025, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Asociación DC2 Escena, para la coorganización del III Seminario Internacional en Mediación Artística.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125
Sábado 24 de mayo de 2025
Undécima.
Sec. III. Pág. 68777
Interpretación y resolución de conflictos.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que puedan
surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse
del presente Convenio se resolverán entre las partes en el seno de la Comisión de
Seguimiento, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un
acuerdo extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones
litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.
Duodécima.
Información al Ciudadano.
En aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, el Convenio será puesto a disposición
de los ciudadanos en el Portal de Transparencia de la Administración General del
Estado.
Decimotercera.
Protección de datos de carácter personal.
En aplicación de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos de
carácter personal que figuran en este Convenio serán tratados por el INAEM e
incorporados a la actividad de tratamiento «Convenios y protocolos generales de
actuación», cuyo fin es la tramitación de los convenios y protocolos generales de
actuación de los que es parte el INAEM, finalidad basada en el interés público del
Convenio o protocolo y en su ejecución.
Los datos personales podrán ser comunicados a la Intervención General de la
Administración del Estado, al Tribunal de Cuentas y serán publicados en el Portal de la
transparencia de la Administración General del Estado, de conformidad con Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para
la que han sido recabados, siendo de aplicación la normativa de archivos y patrimonio
documental español.
Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus
datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones
basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan,
ante el INAEM en Plza. del Rey, n.º 1, CP 28004, Madrid; o a través de la sede
electrónica www.cultura.gob.es
Decimocuarta.
Competencias.
Este Convenio no supone la renuncia de las partes a sus respectivas competencias.
cve: BOE-A-2025-10306
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio.–En representación del
INAEM, la Directora General, María Paz Santa-Cecilia Aristu.–En representación de la
Asociación, la Presidenta, Maria Nuria Boo Fernández.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 125
Sábado 24 de mayo de 2025
Undécima.
Sec. III. Pág. 68777
Interpretación y resolución de conflictos.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que puedan
surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse
del presente Convenio se resolverán entre las partes en el seno de la Comisión de
Seguimiento, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un
acuerdo extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones
litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.
Duodécima.
Información al Ciudadano.
En aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, el Convenio será puesto a disposición
de los ciudadanos en el Portal de Transparencia de la Administración General del
Estado.
Decimotercera.
Protección de datos de carácter personal.
En aplicación de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos de
carácter personal que figuran en este Convenio serán tratados por el INAEM e
incorporados a la actividad de tratamiento «Convenios y protocolos generales de
actuación», cuyo fin es la tramitación de los convenios y protocolos generales de
actuación de los que es parte el INAEM, finalidad basada en el interés público del
Convenio o protocolo y en su ejecución.
Los datos personales podrán ser comunicados a la Intervención General de la
Administración del Estado, al Tribunal de Cuentas y serán publicados en el Portal de la
transparencia de la Administración General del Estado, de conformidad con Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para
la que han sido recabados, siendo de aplicación la normativa de archivos y patrimonio
documental español.
Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus
datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones
basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan,
ante el INAEM en Plza. del Rey, n.º 1, CP 28004, Madrid; o a través de la sede
electrónica www.cultura.gob.es
Decimocuarta.
Competencias.
Este Convenio no supone la renuncia de las partes a sus respectivas competencias.
cve: BOE-A-2025-10306
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio.–En representación del
INAEM, la Directora General, María Paz Santa-Cecilia Aristu.–En representación de la
Asociación, la Presidenta, Maria Nuria Boo Fernández.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X