Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2025-10289)
Resolución de 12 de mayo de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Granada, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125
Sábado 24 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 68695
tareas preparatorias y de formación correspondientes en estos meses anteriores,
acordar la entrada en servicio de DICIREG en la Oficina General del Registro Civil de
Granada y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil pertenecientes a su partido
judicial de Albolote, Albuñuelas, Alfacar, Armilla, Atarfe, Beas de Granada, Benalúa de
las Villas, Cájar, Calicasas, Campotéjar, Cenes de la Vega, Chimeneas, Churriana de la
Vega, Cogollos de la Vega, Colomera, Dehesas Viejas, Deifontes, Dílar, Domingo Pérez
de Granada, Dúdar, Dúrcal, El Valle, Gójar, Guadahortuna, Güéjar Sierra, Güevéjar,
Huétor de Santillán, Huétor Vega, Iznalloz, Jun, La Zubia, Lecrín, Maracena, Moclín,
Monachil, Montejícar, Montillana, Nigüelas, Nívar, Ogíjares, Padul, Peligros, Pinos Genil,
Pinos Puente, Píñar, Pulianas, Quéntar, Torre-Cardela, Valderrubio, Villamena y Víznar
que han de hacerlo simultáneamente con la referida Oficina General, en aplicación de lo
dispuesto en la disposición adicional quinta de la Ley 20/2011, de 21 de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de Granada, que comprende la Oficina General del Registro Civil de
Granada y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Albolote, Albuñuelas,
Alfacar, Armilla, Atarfe, Beas de Granada, Benalúa de las Villas, Cájar, Calicasas,
Campotéjar, Cenes de la Vega, Chimeneas, Churriana de la Vega, Cogollos de la Vega,
Colomera, Dehesas Viejas, Deifontes, Dílar, Domingo Pérez de Granada, Dúdar, Dúrcal,
El Valle, Gójar, Guadahortuna, Güéjar Sierra, Güevéjar, Huétor de Santillán, Huétor
Vega, Iznalloz, Jun, La Zubia, Lecrín, Maracena, Moclín, Monachil, Montejícar,
Montillana, Nigüelas, Nívar, Ogíjares, Padul, Peligros, Pinos Genil, Pinos Puente, Píñar,
Pulianas, Quéntar, Torre-Cardela, Valderrubio, Villamena y Víznar, de la aplicación
informática denominada DICIREG, del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, que permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a las
previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 23 de
junio de 2025.
2. El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes proveerá, en
cuanto al posterior desarrollo tecnológico evolutivo, explotación y mantenimiento, de la
aplicación informática DICIREG.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, la Encargada y el personal que presta
servicio en las Oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil, con
indicación clara de la prohibición de utilizar libros o INFOREG, siendo los asientos que
se hicieran nulos por inexistentes.
1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación DICIREG, el
Registro Civil de Granada pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de
Granada y los Registros Civiles Municipales Delegados de Albolote, Albuñuelas, Alfacar,
Armilla, Atarfe, Beas de Granada, Benalúa de las Villas, Cájar, Calicasas, Campotéjar,
Cenes de la Vega, Chimeneas, Churriana de la Vega, Cogollos de la Vega, Colomera,
Dehesas Viejas, Deifontes, Dílar, Domingo Pérez de Granada, Dúdar, Dúrcal, El Valle,
Gójar, Guadahortuna, Güéjar Sierra, Güevéjar, Huétor de Santillán, Huétor Vega,
Iznalloz, Jun, La Zubia, Lecrín, Maracena, Moclín, Monachil, Montejícar, Montillana,
Nigüelas, Nívar, Ogíjares, Padul, Peligros, Pinos Genil, Pinos Puente, Píñar, Pulianas,
Quéntar, Torre-Cardela, Valderrubio, Villamena y Víznar pasarán a denominarse oficinas
cve: BOE-A-2025-10289
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Segundo.
Núm. 125
Sábado 24 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 68695
tareas preparatorias y de formación correspondientes en estos meses anteriores,
acordar la entrada en servicio de DICIREG en la Oficina General del Registro Civil de
Granada y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil pertenecientes a su partido
judicial de Albolote, Albuñuelas, Alfacar, Armilla, Atarfe, Beas de Granada, Benalúa de
las Villas, Cájar, Calicasas, Campotéjar, Cenes de la Vega, Chimeneas, Churriana de la
Vega, Cogollos de la Vega, Colomera, Dehesas Viejas, Deifontes, Dílar, Domingo Pérez
de Granada, Dúdar, Dúrcal, El Valle, Gójar, Guadahortuna, Güéjar Sierra, Güevéjar,
Huétor de Santillán, Huétor Vega, Iznalloz, Jun, La Zubia, Lecrín, Maracena, Moclín,
Monachil, Montejícar, Montillana, Nigüelas, Nívar, Ogíjares, Padul, Peligros, Pinos Genil,
Pinos Puente, Píñar, Pulianas, Quéntar, Torre-Cardela, Valderrubio, Villamena y Víznar
que han de hacerlo simultáneamente con la referida Oficina General, en aplicación de lo
dispuesto en la disposición adicional quinta de la Ley 20/2011, de 21 de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de Granada, que comprende la Oficina General del Registro Civil de
Granada y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Albolote, Albuñuelas,
Alfacar, Armilla, Atarfe, Beas de Granada, Benalúa de las Villas, Cájar, Calicasas,
Campotéjar, Cenes de la Vega, Chimeneas, Churriana de la Vega, Cogollos de la Vega,
Colomera, Dehesas Viejas, Deifontes, Dílar, Domingo Pérez de Granada, Dúdar, Dúrcal,
El Valle, Gójar, Guadahortuna, Güéjar Sierra, Güevéjar, Huétor de Santillán, Huétor
Vega, Iznalloz, Jun, La Zubia, Lecrín, Maracena, Moclín, Monachil, Montejícar,
Montillana, Nigüelas, Nívar, Ogíjares, Padul, Peligros, Pinos Genil, Pinos Puente, Píñar,
Pulianas, Quéntar, Torre-Cardela, Valderrubio, Villamena y Víznar, de la aplicación
informática denominada DICIREG, del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, que permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a las
previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 23 de
junio de 2025.
2. El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes proveerá, en
cuanto al posterior desarrollo tecnológico evolutivo, explotación y mantenimiento, de la
aplicación informática DICIREG.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, la Encargada y el personal que presta
servicio en las Oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil, con
indicación clara de la prohibición de utilizar libros o INFOREG, siendo los asientos que
se hicieran nulos por inexistentes.
1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación DICIREG, el
Registro Civil de Granada pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de
Granada y los Registros Civiles Municipales Delegados de Albolote, Albuñuelas, Alfacar,
Armilla, Atarfe, Beas de Granada, Benalúa de las Villas, Cájar, Calicasas, Campotéjar,
Cenes de la Vega, Chimeneas, Churriana de la Vega, Cogollos de la Vega, Colomera,
Dehesas Viejas, Deifontes, Dílar, Domingo Pérez de Granada, Dúdar, Dúrcal, El Valle,
Gójar, Guadahortuna, Güéjar Sierra, Güevéjar, Huétor de Santillán, Huétor Vega,
Iznalloz, Jun, La Zubia, Lecrín, Maracena, Moclín, Monachil, Montejícar, Montillana,
Nigüelas, Nívar, Ogíjares, Padul, Peligros, Pinos Genil, Pinos Puente, Píñar, Pulianas,
Quéntar, Torre-Cardela, Valderrubio, Villamena y Víznar pasarán a denominarse oficinas
cve: BOE-A-2025-10289
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Segundo.