Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Fundaciones. (BOE-A-2025-10242)
Resolución de 1 de abril de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Plácido Domingo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 124

Viernes 23 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 68398

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
10242

Resolución de 1 de abril de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Plácido Domingo.
Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la fundación.
La fundación citada fue constituida por don Plácido Domingo Embil, doña Marta
Ornelas Benítez, don Álvaro Maurizio Domingo Ornelas, don Plácido Francisco Domingo
Ornelas, don Antonio Vázquez Romero y don Juan Francisco Vera Vilanova según
resulta de la escritura otorgada ante el notario de Madrid don Luis Núñez Boluda el 6 de
septiembre de 2024 con el numero 1.441 de protocolo, modificada por otra otorgada ante
el mismo notario el 26 de febrero de 2025, protocolo 377.
Segundo.

Domicilio y ámbito de la fundación.

El domicilio de la fundación quedó establecido en la calle José Ortega y Gasset 28,
2.º A, 28006 de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino
de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
desembolsada completamente como se acredita con la correspondiente certificación
bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la ley.
Cuarto.

Fines de la fundación.

Quinto. Patronos.
Don Plácido Domingo Embil, doña Marta Ornelas Benítez, don Álvaro Maurizio
Domingo Ornelas, don Plácido Francisco Domingo Ornelas, don Antonio Vázquez
Romero y don Juan Francisco Vera Vilanova.

cve: BOE-A-2025-10242
Verificable en https://www.boe.es

Constituyen los fines de interés general de la fundación, la promoción de la música
en general y más en particular el género lírico denominado «Zarzuela» a través de su
estudio, difusión y enseñanza, basado en el carácter beneficioso de la música como
factor de transformación personal, así como de vehículo de ayuda a colectivos
desfavorecidos.
Asimismo, la fundación prestará especial interés a la defensa de los derechos
humanos, y la promoción de valores constitucionales como fomento de la tolerancia y el
desarrollo de la sociedad.