Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función PúblicaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Convenios. (BOE-B-2025-18688)
Extracto de la Resolución de 21 de mayo de 2025 de la Dirección General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se modifica el extracto de la Resolución de 10 de junio de 2024 por la que se convocan las ayudas destinadas a la contratación de Servicios de Asesoramiento para la Transformación Digital (Kit Consulting), para ampliar la cuantía asignada al "Segmento A: Empresas entre 10 y menos de 50 empleados" así como modificar plazos de formalización de Acuerdos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 124

Viernes 23 de mayo de 2025

Sec. V-B. Pág. 28464

punto 4 del apartado "Sexto" del extracto de la Resolución de 10 de junio de 2024
pasan a tener la siguiente redacción:
Cuarto. Importe:
1. El importe máximo total de las ayudas reguladas en la presente
Convocatoria asciende a la cantidad de doscientos noventa millones quinientos
doce mil ochenta y ocho euros (290.512.088,00 €), ampliables mediante
Resolución del órgano competente en virtud del artículo 62.3 del Real Decreto-ley
36/2020, de 30 de diciembre, dentro de los créditos disponibles, que serán
financiados a través de la correspondiente partida presupuestaria para la ejecución
del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en consonancia con el Reglamento
(UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de
2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en
cuyo artículo 9 se indica que la ayuda concedida en el marco del Mecanismo se
sumará a la proporcionada con arreglo a otros programas e instrumentos de la
Unión, y que las reformas y los proyectos de inversión podrán recibir ayuda de
otros programas e instrumentos de la Unión Europea siempre que dicha ayuda no
cubra el mismo coste. Asimismo, será de aplicación el Real Decreto-ley 36/2020,
de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. El presupuesto contemplado en el punto anterior, por importe de doscientos
noventa millones quinientos doce mil ochenta y ocho euros (290.512.088,00 €), se
distribuirá entre los segmentos A, B y C de la siguiente forma:
Segmento A, Empresas entre 10 y menos de 50 empleados: 183.682.803,28 €
Segmento B, Empresas entre 50 y menos de 100 empleados: 60.077.284,72 €
Segmento C, Empresas entre 100 y menos de 250 empleados: 46.752.000 €
En el caso de que algún segmento no agote el crédito destinado a las ayudas a
fecha de la finalización del plazo presentación de solicitudes, el órgano concedente
podrá distribuir el importe resultante entre los restantes segmentos publicando la
distribución definitiva de créditos, que se realizará de manera proporcional a las
solicitudes recibidas en cada segmento que hubiera agotado el crédito, teniendo
en cuenta el importe del "bono de asesoramiento digital" de estos segmentos, sin
que esto implique la apertura de un nuevo plazo para presentar solicitudes, ni el
inicio de un nuevo cómputo del plazo para resolver.

4. El plazo máximo para la formalización (elaboración y firma) del primer
Acuerdo de Prestación de Servicios de Asesoramiento asociados al «bono
asesoramiento digital» por ambas partes será de 3 meses, contados desde la
notificación de la Resolución de concesión de la ayuda en la Sede Electrónica de
Red.es. Para la formalización del segundo Acuerdo de Prestación de Servicios de
Asesoramiento y siguientes no le será de aplicación la restricción temporal anterior,
tal y como se establece en el artículo 21.6 de las Bases Reguladoras. El plazo
máximo para la presentación de Acuerdos de Prestación de Servicios de
Asesoramiento finalizará el 30 de septiembre de 2025 a las 23:59 horas.
Trascurridos dichos plazos, el beneficiario perderá el derecho al cobro del importe
de la subvención concedida que no figure asociada a los Acuerdos de Prestación

cve: BOE-B-2025-18688
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Sexto. Otros datos: