Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala Superior de Especialistas en Transporte, Infraestructuras y Seguridad de los Organismos Autónomos y las Agencias Estatales del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. (BOE-A-2025-10121)
Resolución de 18 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Superior de Especialistas en Transporte, Infraestructuras y Seguridad de los Organismos Autónomos y las Agencias Estatales del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, especialidades Seguridad en el Transporte Aéreo y Operaciones y Navegación Aéreas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 67721
la Dirección General de Aviación Civil, por la que se publican las Instrucciones Técnicas
para el transporte seguro de mercancías peligrosas por vía aérea (Documento
OACI 9284/AN/905), edición 2021-2022. Marco normativo europeo.
76. Resolución por la que se aprueba la Circular Operativa 16-B sobre limitaciones
de tiempo de vuelo, máximos de actividad aérea y periodos mínimos de descanso para
las tripulaciones de 18 de Julio de 1995 de la Dirección General de Aviación Civil.
Resolución de la Dirección General de Aviación Civil por la que se adopta el anexo 1 a la
Circular Operativa 16-B de 28 de mayo de 2001.
77. Real Decreto 1561/1995, 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de
trabajo, en lo relativo al tiempo de trabajo en la Aviación Civil y su modificación del Real
Decreto 294/2004 de 20 de febrero. Resolución de la DGAC de 5 julio de 2002, por la
que se establecen procedimientos operativos específicos para operaciones de trabajos
aéreos y agroforestales.
78. Normas Europeas relativas a la operación de planeadores. Reglamento de
Ejecución (UE) 2018/1976 de la Comisión de 14 de diciembre de 2018.
79. Real Decreto 765/2022, de 20 de septiembre, por el que se regula el uso de
aeronaves motorizadas ultraligeras (ULM). Orden de 14 de noviembre de 1988 por la
que se establecen los requisitos de aeronavegabilidad para las aeronaves ultraligeras
motorizadas. Real Decreto 123/2015 de 27 de febrero por el que se regula la licencia y
habilitaciones del piloto de ultraligero.
80. Reglamento (UE) 1178/2011 de la Comisión: anexo I Parte FCL: Subparte Gen,
Subparte CPL, Subparte ATPL, Subparte IR, Subparte Habilitaciones de clase y Tipo y
Subparte Habilitaciones adicionales.
81. Reglamento (UE) 1178/2011 de la Comisión: anexo VII Parte ORA: Subparte
GEN, Subparte ATO y Subparte FSTD.
ANEXO II
Instrucciones para presentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas
selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen
(modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro Ministerio: Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
En el recuadro Centro Gestor: Subsecretaría de Transportes y Movilidad Sostenible.
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala Superior de
Especialistas en Transporte, Infraestructuras y Seguridad de los Organismos Autónomos
y las Agencias Estatales del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,
especialidad Seguridad en el Transporte Aéreo» o «Escala Superior de Especialistas en
Transporte, Infraestructuras y Seguridad de los Organismos Autónomos y las Agencias
Estatales del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, especialidad
Operaciones y Navegación Aéreas ».
En el recuadro 16 se consignará, sólo en el caso de la especialidad «Operaciones y
Navegación Aéreas», el perfil escogido: «Inspección de operadores aéreos de avión»,
«Inspección de operadores aéreos de helicóptero» o «Inspección de trabajos aéreos con
avión y helicóptero». Asimismo, se adjuntará la documentación justificativa del
cumplimiento de los requisitos específicos establecidos en la base 3.9 para el perfil por el
que se opte.
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L».
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará
«Transportes y Movilidad Sostenible».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que
haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», las personas aspirantes con
discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado y
cve: BOE-A-2025-10121
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 123
Jueves 22 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 67721
la Dirección General de Aviación Civil, por la que se publican las Instrucciones Técnicas
para el transporte seguro de mercancías peligrosas por vía aérea (Documento
OACI 9284/AN/905), edición 2021-2022. Marco normativo europeo.
76. Resolución por la que se aprueba la Circular Operativa 16-B sobre limitaciones
de tiempo de vuelo, máximos de actividad aérea y periodos mínimos de descanso para
las tripulaciones de 18 de Julio de 1995 de la Dirección General de Aviación Civil.
Resolución de la Dirección General de Aviación Civil por la que se adopta el anexo 1 a la
Circular Operativa 16-B de 28 de mayo de 2001.
77. Real Decreto 1561/1995, 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de
trabajo, en lo relativo al tiempo de trabajo en la Aviación Civil y su modificación del Real
Decreto 294/2004 de 20 de febrero. Resolución de la DGAC de 5 julio de 2002, por la
que se establecen procedimientos operativos específicos para operaciones de trabajos
aéreos y agroforestales.
78. Normas Europeas relativas a la operación de planeadores. Reglamento de
Ejecución (UE) 2018/1976 de la Comisión de 14 de diciembre de 2018.
79. Real Decreto 765/2022, de 20 de septiembre, por el que se regula el uso de
aeronaves motorizadas ultraligeras (ULM). Orden de 14 de noviembre de 1988 por la
que se establecen los requisitos de aeronavegabilidad para las aeronaves ultraligeras
motorizadas. Real Decreto 123/2015 de 27 de febrero por el que se regula la licencia y
habilitaciones del piloto de ultraligero.
80. Reglamento (UE) 1178/2011 de la Comisión: anexo I Parte FCL: Subparte Gen,
Subparte CPL, Subparte ATPL, Subparte IR, Subparte Habilitaciones de clase y Tipo y
Subparte Habilitaciones adicionales.
81. Reglamento (UE) 1178/2011 de la Comisión: anexo VII Parte ORA: Subparte
GEN, Subparte ATO y Subparte FSTD.
ANEXO II
Instrucciones para presentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas
selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen
(modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro Ministerio: Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
En el recuadro Centro Gestor: Subsecretaría de Transportes y Movilidad Sostenible.
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala Superior de
Especialistas en Transporte, Infraestructuras y Seguridad de los Organismos Autónomos
y las Agencias Estatales del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,
especialidad Seguridad en el Transporte Aéreo» o «Escala Superior de Especialistas en
Transporte, Infraestructuras y Seguridad de los Organismos Autónomos y las Agencias
Estatales del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, especialidad
Operaciones y Navegación Aéreas ».
En el recuadro 16 se consignará, sólo en el caso de la especialidad «Operaciones y
Navegación Aéreas», el perfil escogido: «Inspección de operadores aéreos de avión»,
«Inspección de operadores aéreos de helicóptero» o «Inspección de trabajos aéreos con
avión y helicóptero». Asimismo, se adjuntará la documentación justificativa del
cumplimiento de los requisitos específicos establecidos en la base 3.9 para el perfil por el
que se opte.
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L».
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará
«Transportes y Movilidad Sostenible».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que
haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», las personas aspirantes con
discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado y
cve: BOE-A-2025-10121
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 123