Tribunal Constitucional. T.C. Sección del Tribunal Constitucional. Sentencias. (BOE-A-2025-9635)
Sala Segunda. Sentencia 91/2025, de 7 de abril de 2025. Recurso de amparo 7473-2024. Promovido por doña Carolina Oliveras Humanes en relación con las resoluciones administrativas y judiciales que desestimaron su petición de revisión y ampliación de la prestación por nacimiento y cuidado de hijo menor, como madre biológica de familia monoparental. Vulneración del derecho a la igualdad ante la ley sin discriminación: resoluciones judiciales y administrativas que aplican una regulación legal declarada inconstitucional en la STC 140/2024, en tanto que omite la posibilidad de que las madres biológicas de familias monoparentales, trabajadoras por cuenta ajena, puedan ampliar su permiso por nacimiento disfrutando del permiso que correspondería al otro progenitor, caso de existir.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Jueves 15 de mayo de 2025

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aplicable, excluyendo las semanas que necesariamente deben disfrutarse de forma
ininterrumpida e inmediatamente posterior al parto.
Así pues, de acuerdo con las SSTC 29/2025 y 39/2025, de 10 de febrero, y 58/2025,
de 10 de marzo (recurso de amparo núm. 1991-2024), la estimación del recurso conlleva
la declaración de nulidad de las resoluciones judiciales impugnadas, con declaración de
firmeza de la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 18 de Madrid.
FALLO
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le
confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido estimar el recurso de amparo
presentado por doña Carolina Oliveras Humanes y, en su virtud:
1.º Declarar vulnerado su derecho fundamental a la igualdad ante la ley, sin que
pueda prevalecer discriminación alguna (art. 14 CE).
2.º Restablecerla en su derecho y, en consecuencia, declarar la nulidad de la
sentencia núm. 468/2023, de 25 de mayo, de la Sección Tercera de la Sala de lo Social
del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dictada en el recurso de suplicación
núm. 90-2023, y del auto de 2 de julio de 2024 de la Sala de lo Social del Tribunal
Supremo, dictado en el recurso de casación para unificación de doctrina
núm. 3522-2023.
3.º Declarar la firmeza de la sentencia núm. 388/2022, de 1 de diciembre, del
Juzgado de lo Social núm. 18 de Madrid, dictada en el procedimiento de Seguridad
Social núm. 648-2022.
Publíquese esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2025-9635
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Dada en Madrid, a siete de abril de dos mil veinticinco.–Inmaculada Montalbán
Huertas.–María Luisa Balaguer Callejón.–Ramón Sáez Valcárcel.–Enrique Arnaldo
Alcubilla.–César Tolosa Tribiño.–Laura Díez Bueso.–Firmado y rubricado.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X