Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-9589)
Resolución de 8 de mayo de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Universidad Rey Juan Carlos, para el desarrollo de programas de cooperación educativa, estableciendo las condiciones de prácticas externas y del trabajo de fin de grado/máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117
Jueves 15 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 63265
Ambas partes se reconocen competencia y capacidad, respectivamente, para
formalizar el presente convenio con arreglo a lo que a continuación se conviene:
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
Con fecha 4 de mayo de 2021 se firmó un convenio entre la Universidad Rey Juan
Carlos y el Consorcio Centro Sefarad Israel que tenía por objeto la realización de
prácticas académicas externas, curriculares o extracurriculares, en Centro Sefarad-Israel
por parte de los estudiantes que cursen estudios en la Universidad Rey Juan Carlos, que
permitan completar sus estudios universitarios, para una futura incorporación al mundo
laboral.
Segunda.
Plazo de ejecución.
El plazo de ejecución del convenio, conforme a lo previsto en la cláusula octava
quedó establecido en 4 años, contado desde el día 15 de mayo de 2021. En la misma
cláusula se establece la posibilidad de ser prorrogado por un periodo de 4 años cada
uno, por mutuo acuerdo de las partes antes de su finalización.
Tercera. Prórroga del convenio.
Ambas partes manifiestan su voluntad de continuar con el objeto del convenio, por el
que acuerdan prorrogar el convenio suscrito por el plazo de cuatro años, siendo la nueva
fecha de finalización el día 15 de mayo de 2029.
Cuarta.
Financiación.
La suscripción del presente convenio no conlleva obligaciones financieras o
contraprestación económica para ninguna de las partes.
En relación con el cumplimiento de las obligaciones en materia de Seguridad Social,
en el caso de prácticas formativas remuneradas, y con arreglo a la disposición adicional
quincuagésima segunda apartado 4, letra a), del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
corresponden a la entidad en la que los estudiantes las realicen.
En el caso de prácticas formativas no remuneradas, el cumplimiento de las
obligaciones a la Seguridad Social será asumido por la Universidad, de conformidad con
el apartado 4, letra b) de disposición citada en el párrafo anterior.
Estas obligaciones resultarán exigibles desde el día 1 de enero de 2024.
Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido,
ambas partes firman el presente convenio en ejemplar duplicado y en todas sus hojas,
en la fecha de la firma electrónica.
cve: BOE-A-2025-9589
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 24 de abril de 2025.–Por Centro Sefarad-Israel, el Director General, Jaime
Alejandro Moreno Bau.–Por la Universidad Rey Juan Carlos, el Rector Magnífico en
funciones, Francisco Javier Ramos López.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 117
Jueves 15 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 63265
Ambas partes se reconocen competencia y capacidad, respectivamente, para
formalizar el presente convenio con arreglo a lo que a continuación se conviene:
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
Con fecha 4 de mayo de 2021 se firmó un convenio entre la Universidad Rey Juan
Carlos y el Consorcio Centro Sefarad Israel que tenía por objeto la realización de
prácticas académicas externas, curriculares o extracurriculares, en Centro Sefarad-Israel
por parte de los estudiantes que cursen estudios en la Universidad Rey Juan Carlos, que
permitan completar sus estudios universitarios, para una futura incorporación al mundo
laboral.
Segunda.
Plazo de ejecución.
El plazo de ejecución del convenio, conforme a lo previsto en la cláusula octava
quedó establecido en 4 años, contado desde el día 15 de mayo de 2021. En la misma
cláusula se establece la posibilidad de ser prorrogado por un periodo de 4 años cada
uno, por mutuo acuerdo de las partes antes de su finalización.
Tercera. Prórroga del convenio.
Ambas partes manifiestan su voluntad de continuar con el objeto del convenio, por el
que acuerdan prorrogar el convenio suscrito por el plazo de cuatro años, siendo la nueva
fecha de finalización el día 15 de mayo de 2029.
Cuarta.
Financiación.
La suscripción del presente convenio no conlleva obligaciones financieras o
contraprestación económica para ninguna de las partes.
En relación con el cumplimiento de las obligaciones en materia de Seguridad Social,
en el caso de prácticas formativas remuneradas, y con arreglo a la disposición adicional
quincuagésima segunda apartado 4, letra a), del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
corresponden a la entidad en la que los estudiantes las realicen.
En el caso de prácticas formativas no remuneradas, el cumplimiento de las
obligaciones a la Seguridad Social será asumido por la Universidad, de conformidad con
el apartado 4, letra b) de disposición citada en el párrafo anterior.
Estas obligaciones resultarán exigibles desde el día 1 de enero de 2024.
Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido,
ambas partes firman el presente convenio en ejemplar duplicado y en todas sus hojas,
en la fecha de la firma electrónica.
cve: BOE-A-2025-9589
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 24 de abril de 2025.–Por Centro Sefarad-Israel, el Director General, Jaime
Alejandro Moreno Bau.–Por la Universidad Rey Juan Carlos, el Rector Magnífico en
funciones, Francisco Javier Ramos López.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X