Ministerio de Trabajo y Economía Social. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos. (BOE-A-2025-9484)
Resolución de 6 de mayo de 2025, conjunta de las Subsecretarías de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 27 de diciembre de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Jueves 15 de mayo de 2025

Sec. II.A. Pág. 63014

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
9484

Resolución de 6 de mayo de 2025, conjunta de las Subsecretarías de Trabajo
y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, por la que
se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de
27 de diciembre de 2024.

Por Resolución de 27 de diciembre de 2024, conjunta de las Subsecretarías de
Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (BOE de 10
de enero), se anunció convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre
designación, del puesto de trabajo de Secretario/Secretaria General en la Consejería de
Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en Francia.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto 1052/2015, de 20 de
noviembre, por el que se establece la estructura de las Consejerías en el exterior y se
regula su organización, funciones y provisión de puestos de trabajo, y el artículo 20.1.c)
de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,
en relación con el artículo 56 del Reglamento aprobado por Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, una vez acreditada la observancia del proceso debido y el cumplimiento
por parte de la persona elegida de los requisitos y especificaciones exigidos en la
convocatoria, siendo idónea para el desempeño del puesto que se le asigna y
ostentando la capacidad y competencia personal y profesional, tras el examen y la
valoración de las candidaturas presentadas efectuado por la Comisión Paritaria y una
vez emitido informe favorable, de conformidad con el artículo 2 bis.5.b) del Real
Decreto 1052/2015, antes citado,
Estas Subsecretarías acuerdan:
Primero.
Resolver la referida convocatoria en los términos que se señalan en el anexo
adjunto.
Segundo.
La toma de posesión del nuevo destino se realizará conforme a lo establecido en el
artículo 48 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 364/1995 antes citado.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i)
y 14.1.segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa, o, potestativamente y con carácter previo, recurso
administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de

cve: BOE-A-2025-9484
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Tercero.