Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2025-9599)
Resolución de 30 de abril de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Ávila, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Jueves 15 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 63329

Cortes, que permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a las previsiones
contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 23 de junio de 2025.
2. El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes proveerá, en
cuanto al posterior desarrollo tecnológico evolutivo, explotación y mantenimiento, de la
aplicación informática DICIREG.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, la Encargada y el personal que presta
servicio en las Oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil, con
indicación clara de la prohibición de utilizar libros o INFOREG, siendo los asientos que
se hicieran nulos por inexistentes.

1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación DICIREG, el
Registro Civil de Ávila pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de Ávila y
los Registros Civiles Municipales Delegados de Albornos, Amavida, Aveinte, Berrocalejo
de Aragona, Blascomillán, Blascosancho, Brabos, Bularros, Burgohondo, Cabezas del
Villar, Cardeñosa, Casasola, Cebreros, Chamartín, Cillán, El Barraco, El Fresno, El Hoyo
de Pinares, El Oso, El Parral, El Tiemblo, Gallegos de Altamiros, Gallegos de Sobrinos,
Gemuño, Gotarrendura, Grandes y San Martín, Hernansancho, Herradón de Pinares,
Herreros de Suso, Hoyocasero, Hurtumpascual, La Colilla, La Hija de Dios, La Serrada,
La Torre, Las Berlanas, Las Navas del Marqués, Maello, Mancera de Arriba,
Manjabálago y Ortigosa de Rioalmar, Marlín, Martiherrero, Mediana de Voltoya,
Mengamuñoz, Mingorría, Mironcillo, Mirueña de los Infanzones, Monsalupe, Muñana,
Muñico, Muñogalindo, Muñogrande, Muñopepe, Muñotello, Narrillos del Rebollar, Narros
del Puerto, Navalacruz, Navalmoral, Navalosa, Navalperal de Pinares, Navaluenga,
Navaquesera, Navarredondilla, Navarrevisca, Navatalgordo, Niharra, Ojos-Albos,
Padiernos, Peguerinos, Peñalba de Ávila, Poveda, Pozanco, Pradosegar, Riocabado,
Riofrío, Salobral, San Bartolomé de Pinares, San Esteban de los Patos, San García de
Ingelmos, San Juan de la Encinilla, San Juan de la Nava, San Juan del Molinillo, San
Juan del Olmo, San Pedro del Arroyo, Sanchidrián, Sanchorreja, Santa Cruz de Pinares,
Santa María del Arroyo, Santa María del Cubillo, Santo Domingo de las Posadas, Santo
Tomé de Zabarcos, Serranillos, Sigeres, Solana de Rioalmar, Solosancho, Sotalbo,
Tolbaños, Tornadizos de Ávila, Vadillo de la Sierra, Valdecasa, Vega de Santa María,
Velayos, Villaflor, Villanueva de Ávila, Villatoro y Vita pasarán a denominarse oficinas
colaboradoras del Registro Civil de Albornos, Amavida, Aveinte, Berrocalejo de Aragona,
Blascomillán, Blascosancho, Brabos, Bularros, Burgohondo, Cabezas del Villar,
Cardeñosa, Casasola, Cebreros, Chamartín, Cillán, El Barraco, El Fresno, El Hoyo de
Pinares, El Oso, El Parral, El Tiemblo, Gallegos de Altamiros, Gallegos de Sobrinos,
Gemuño, Gotarrendura, Grandes y San Martín, Hernansancho, Herradón de Pinares,
Herreros de Suso, Hoyocasero, Hurtumpascual, La Colilla, La Hija de Dios, La Serrada,
La Torre, Las Berlanas, Las Navas del Marqués, Maello, Mancera de Arriba,
Manjabálago y Ortigosa de Rioalmar, Marlín, Martiherrero, Mediana de Voltoya,
Mengamuñoz, Mingorría, Mironcillo, Mirueña de los Infanzones, Monsalupe, Muñana,
Muñico, Muñogalindo, Muñogrande, Muñopepe, Muñotello, Narrillos del Rebollar, Narros
del Puerto, Navalacruz, Navalmoral, Navalosa, Navalperal de Pinares, Navaluenga,
Navaquesera, Navarredondilla, Navarrevisca, Navatalgordo, Niharra, Ojos-Albos,
Padiernos, Peguerinos, Peñalba de Ávila, Poveda, Pozanco, Pradosegar, Riocabado,
Riofrío, Salobral, San Bartolomé de Pinares, San Esteban de los Patos, San García de
Ingelmos, San Juan de la Encinilla, San Juan de la Nava, San Juan del Molinillo, San
Juan del Olmo, San Pedro del Arroyo, Sanchidrián, Sanchorreja, Santa Cruz de Pinares,
Santa María del Arroyo, Santa María del Cubillo, Santo Domingo de las Posadas, Santo
Tomé de Zabarcos, Serranillos, Sigeres, Solana de Rioalmar, Solosancho, Sotalbo,
Tolbaños, Tornadizos de Ávila, Vadillo de la Sierra, Valdecasa, Vega de Santa María,
Velayos, Villaflor, Villanueva de Ávila, Villatoro y Vita, según resultan creadas en virtud de
lo dispuesto en la disposición transitoria octava y en la disposición adicional quinta,

cve: BOE-A-2025-9599
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Segundo.