Comunidad Autónoma de ExtremaduraV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-17519)
Resolución del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, por la que se declaran, en concreto de utilidad pública las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Reforma (por cambio de conductor LA-30) de la LAMT 4869-05-"Berzocana" de la STR "Cañamero", de 20 kV, entre los apoyos 5190 y 527 (CT Albergue Navezuelas) de la misma, en los términos municipales de Cabañas del Castillo y Navezuelas (Cáceres)". Expediente: AT-9398.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 116

Miércoles 14 de mayo de 2025

Sec. V-B. Pág. 26541

que enlazará con el CT "Navezuelas": 0,050 Km
Emplazamiento de las líneas: Terrenos públicos y privados de los términos
municipales de Cabañas del Castillo y Navezuelas.
Otras actuaciones:
- Alimentación a derivaciones existentes, con conductor LA-56 y longitud total
de 0,159 Km.
- Desmontaje del tramo existente de la LAMT "Berzocana" entre los apoyos
5190 y 527, en una longitud de 13,731 Km, con conductor LA-30, así como los
apoyos intermedios existentes.
La declaración de utilidad pública se otorga bajo las siguientes condiciones:
- La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo
establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus
disposiciones de desarrollo.
- Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las
autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de
otros organismos y entidades, necesarias para la realización de las obras y el
establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como
las relacionadas, en su caso, con sus instalaciones auxiliares y complementarias.
- La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las
modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la
correspondiente autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.
- La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones,
el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por
Administraciones Públicas, organismos, empresas de servicio público o empresas
de servicios de interés general.
- La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de
bienes o de adquisición de derechos afectados, e implicará la urgente ocupación a
los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación
Forzosa.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada ante la Dirección General de Industria, Energía y
Minas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, en un
plazo no superior a un mes, conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Cáceres, 22 de abril de 2025.- El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial,
Energética y Minera, Juan Francisco Lemus Prieto.
ID: A250021377-1

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-B-2025-17519
Verificable en https://www.boe.es

El incumplimiento de las condiciones recogidas en esta resolución, por la
declaración inexacta de los datos suministrados o por cualquier otra causa que
desvirtúe el objeto de la misma, podrá suponer su revocación, previa instrucción
del correspondiente procedimiento.