Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-9456)
Resolución de 6 de mayo de 2025, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Fundación Mutua Madrileña, para el mecenazgo del Programa de Atención al Visitante del Museo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 116

Miércoles 14 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 62946

Atención al Visitante del Museo. El convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del
Estado» con fecha de 24 de agosto de 2024.
II. Que la cláusula sexta del convenio citado en el párrafo precedente establece en
su apartado 6.2 que «El convenio tendrá efectos durante 1 (un) año o hasta la fecha en
la que, dentro de este periodo, se hayan cumplido las actuaciones que constituyen su
objeto», y en su apartado siguiente 6.3 establece que «En cualquier momento del
transcurso del periodo de su eficacia, las partes podrán acordar expresamente y por
escrito su prórroga, conforme a lo dispuesto en el artículo 49.h) 2.º de la citada
Ley 40/2015, de 1 de octubre, hasta cuatro años adicionales o su extinción».
III. Que, tras la constatación del alto grado de satisfacción obtenido en el
cumplimiento de los objetivos, más la experiencia acumulada, se justifica la decisión de
ambas partes de continuar con la relación iniciada con la firma del convenio suscrito con
fecha de 14 de agosto de 2024 para el desarrollo del programa de Atención al Visitante
del MNCARS y, en consecuencia, su voluntad es la de acordar, mediante la suscripción
de la presente adenda, una prórroga del mismo.
En virtud de lo expuesto anteriormente, el MNCARS y la Fundación Mutua Madrileña
acuerdan suscribir la presente adenda de prórroga con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto de la adenda.

La presente adenda tiene por objeto prorrogar por un plazo de 1 (un) año la vigencia
del Convenio para el mecenazgo del Programa de Atención al Visitante del Museo,
firmado por las partes el 14 de agosto de 2024 y publicado en el «Boletín Oficial del
Estado» el 24 de agosto de 2024.
Segunda.

Prórroga del convenio.

Según la cláusula sexta del convenio con fecha de 14 de agosto de 2024, una vez
inscrito el mismo en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal (REOICO), tiene un plazo de vigencia de 1 (un)
año. No obstante, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49. h). 2.º de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, «En cualquier
momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes
del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro
años adicionales o su extinción».
En consecuencia, las partes firmantes acuerdan la prórroga del convenio por un
nuevo plazo de un año, que será la primera prórroga del mismo.

En consecuencia y en relación con la cláusula segunda del citado convenio, a partir
de la fecha en la que la presente adenda adquiera eficacia, en los mismos términos
previstos en el convenio objeto de prórroga, Fundación Mutua Madrileña realizará una
nueva aportación económica a favor del MNCARS por importe de 300.000,00 euros
(trescientos mil euros) y seguirán vigentes los compromisos de difusión por parte del
MNCARS.
Cuarta.

Efectos.

De conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, esta adenda se perfeccionará con la
firma de las partes y resultará eficaz una vez que se inscriba en el REOICO. También
será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2025-9456
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Nueva aportación económica de Fundación Mutua Madrileña.