Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2025-9300)
Resolución 452/38208/2025, de 8 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos de selección para ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera o la adscripción como militar de complemento a las escalas de oficiales de los Cuerpos de Intendencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 62173
La no presentación a una prueba o un ejercicio en el momento en que el Órgano de
Selección declare el inicio del mismo, supondrá la eliminación del proceso de selección,
salvo en los casos contemplados en el artículo 18 del reglamento (desarrollo de las
pruebas en caso de embarazo, parto o posparto).
En cualquier momento el Órgano de Selección podrá requerir que acrediten su
identidad, debiendo éstas ir provistas del original en vigor de alguno de los siguientes
documentos: documento nacional de identidad, tarjeta de identidad militar, permiso de
conducción o pasaporte, o bien documento que acredite su solicitud por extravío u otras
circunstancias.
El Órgano de Selección adoptará las medidas necesarias para garantizar que los
ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no tengan lectura pública, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de las personas participantes.
Los resultados obtenidos tras la aplicación de las correspondientes fórmulas se
expresarán con tres cifras decimales, redondeados a la milésima, y serán publicados en
la página web https://reclutamiento.defensa.gob.es/proceso-de-selección-oficiales-ysuboficiales.
En el caso de ejercicios de respuesta múltiple, consistentes en la contestación de
preguntas con respuestas alternativas de las que solo una de ellas es correcta, el
Órgano de Selección hará pública la plantilla utilizada para su corrección, exceptuando
las correspondientes a las pruebas psicológicas.
Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de tres (3) días naturales, contados
a partir del siguiente a la difusión de los resultados provisionales obtenidos, para solicitar
la revisión o efectuar cualquier reclamación sobre las pruebas realizadas. Efectuadas las
revisiones y resueltas las reclamaciones dirigidas al Presidente del Órgano de Selección,
se publicarán los resultados finales de las pruebas.
2.
Descripción de las pruebas.
2.1 Prueba teórica inicial de conocimientos de Derecho Constitucional y Derecho
Administrativo, Hacienda Pública, Derecho Financiero y Sistema Fiscal Español,
Economía y Contabilidad General.
– La prueba consistirá en contestar formularios tipo test de 200 preguntas, con
cuatro opciones de respuesta por pregunta, en un tiempo de cuatro horas.
– Los contenidos de las cuestiones estarán relacionados con los que figuran en el
anexo III de la Orden DEF/2431/2011, de 6 septiembre.
– La puntuación de la prueba se obtendrá mediante la fórmula: P = A - [E/(n-1)],
donde «A» es el número de preguntas acertadas, «E» es el número de errores, «n» es el
número de opciones presentadas como solución y «P» es la puntuación obtenida en el
correspondiente ejercicio, no contabilizando las respuestas en blanco o las dobles
marcas como errores. La máxima puntuación que se puede obtener en la prueba es
de 200 puntos. En su caso, las puntuaciones negativas serán consideradas como cero.
– Una vez obtenidas las calificaciones de la prueba teórica inicial, continuarán en el
proceso de selección aquellas personas aspirantes que obtengan una puntuación igual o
superior a 70 puntos.
– La prueba constará de dos ejercicios:
• El primer ejercicio consistirá en desarrollar por escrito, en un plazo de dos horas,
dos temas, uno de Derecho Constitucional y otro de Derecho Administrativo.
• El segundo ejercicio consistirá en desarrollar por escrito, en un plazo de dos horas,
dos temas, uno de Hacienda Pública y otro de Derecho Financiero y Sistema Fiscal
Español.
cve: BOE-A-2025-9300
Verificable en https://www.boe.es
2.2 Prueba de conocimientos de Derecho Constitucional y Derecho Administrativo,
Hacienda Pública, Derecho Financiero y Sistema Fiscal Español.
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 62173
La no presentación a una prueba o un ejercicio en el momento en que el Órgano de
Selección declare el inicio del mismo, supondrá la eliminación del proceso de selección,
salvo en los casos contemplados en el artículo 18 del reglamento (desarrollo de las
pruebas en caso de embarazo, parto o posparto).
En cualquier momento el Órgano de Selección podrá requerir que acrediten su
identidad, debiendo éstas ir provistas del original en vigor de alguno de los siguientes
documentos: documento nacional de identidad, tarjeta de identidad militar, permiso de
conducción o pasaporte, o bien documento que acredite su solicitud por extravío u otras
circunstancias.
El Órgano de Selección adoptará las medidas necesarias para garantizar que los
ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no tengan lectura pública, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de las personas participantes.
Los resultados obtenidos tras la aplicación de las correspondientes fórmulas se
expresarán con tres cifras decimales, redondeados a la milésima, y serán publicados en
la página web https://reclutamiento.defensa.gob.es/proceso-de-selección-oficiales-ysuboficiales.
En el caso de ejercicios de respuesta múltiple, consistentes en la contestación de
preguntas con respuestas alternativas de las que solo una de ellas es correcta, el
Órgano de Selección hará pública la plantilla utilizada para su corrección, exceptuando
las correspondientes a las pruebas psicológicas.
Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de tres (3) días naturales, contados
a partir del siguiente a la difusión de los resultados provisionales obtenidos, para solicitar
la revisión o efectuar cualquier reclamación sobre las pruebas realizadas. Efectuadas las
revisiones y resueltas las reclamaciones dirigidas al Presidente del Órgano de Selección,
se publicarán los resultados finales de las pruebas.
2.
Descripción de las pruebas.
2.1 Prueba teórica inicial de conocimientos de Derecho Constitucional y Derecho
Administrativo, Hacienda Pública, Derecho Financiero y Sistema Fiscal Español,
Economía y Contabilidad General.
– La prueba consistirá en contestar formularios tipo test de 200 preguntas, con
cuatro opciones de respuesta por pregunta, en un tiempo de cuatro horas.
– Los contenidos de las cuestiones estarán relacionados con los que figuran en el
anexo III de la Orden DEF/2431/2011, de 6 septiembre.
– La puntuación de la prueba se obtendrá mediante la fórmula: P = A - [E/(n-1)],
donde «A» es el número de preguntas acertadas, «E» es el número de errores, «n» es el
número de opciones presentadas como solución y «P» es la puntuación obtenida en el
correspondiente ejercicio, no contabilizando las respuestas en blanco o las dobles
marcas como errores. La máxima puntuación que se puede obtener en la prueba es
de 200 puntos. En su caso, las puntuaciones negativas serán consideradas como cero.
– Una vez obtenidas las calificaciones de la prueba teórica inicial, continuarán en el
proceso de selección aquellas personas aspirantes que obtengan una puntuación igual o
superior a 70 puntos.
– La prueba constará de dos ejercicios:
• El primer ejercicio consistirá en desarrollar por escrito, en un plazo de dos horas,
dos temas, uno de Derecho Constitucional y otro de Derecho Administrativo.
• El segundo ejercicio consistirá en desarrollar por escrito, en un plazo de dos horas,
dos temas, uno de Hacienda Pública y otro de Derecho Financiero y Sistema Fiscal
Español.
cve: BOE-A-2025-9300
Verificable en https://www.boe.es
2.2 Prueba de conocimientos de Derecho Constitucional y Derecho Administrativo,
Hacienda Pública, Derecho Financiero y Sistema Fiscal Español.