Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2025-9297)
Resolución 452/38205/2025, de 8 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos de selección para ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo, con y sin exigencia de titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera o adscripción como militar de complemento a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales, del Cuerpo de Infantería de Marina y del Cuerpo de la Guardia Civil.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 62021
través de la sede electrónica del Ministerio de Defensa que se establece en el punto 1.1
de la base cuarta y en el apéndice 1.
El cargo en la cuenta de la tasa de derecho a examen se realiza a través del servicio
de Pasarela Pagos de la AEAT. Si el pago se realiza correctamente, la pasarela
devolverá el justificante correspondiente con un identificador del pago (NRC). Los
horarios de disponibilidad de la pasarela de la AEAT se pueden consultar en: https://
www2.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/ov/
pago007h.html
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003 de 28 de marzo (BOE número 79 de 2 de abril), por
la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía
electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del
Estado y sus Organismos Públicos. La constancia del pago correcto de las tasas estará
avalada por el número de referencia completo (NRC) emitido por la Agencia Estatal de
Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.
En el caso de abono de tasas a través de la plataforma de IPS, se encarece a las
personas interesadas o a sus representantes a utilizar la vía de pago telemática, que
garantiza el acceso a posibles subsanaciones por esta vía electrónica.
b)
Otras vías para efectuar el pago de tasas:
Deberá pulsar sobre «Descargar modelo 790». Aparecerá el formulario 790, en el
que deberá cumplimentar, únicamente, los campos obligatorios, marcados con un
asterisco (*). Una vez cumplimentados todos los datos solicitados deberá pulsar sobre la
opción «generar solicitud». De esta manera, se generará el documento que, al
imprimirlo, constará de tres copias (ejemplar para la Administración, ejemplar para la
persona interesada y ejemplar para la entidad colaboradora). Cada solicitud tendrá
asignado un número de referencia identificativo único (no son válidas copias).
Para efectuar el pago por esta vía, se presentará el original del modelo 790
cumplimentado en la forma descrita, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de
crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. Deberá
constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a
través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en
el espacio reservado a estos efectos. Una vez validado, el ejemplar para la Administración y
documentación adicional que justifique la exención o reducción del pago, deberá presentarse
junto con la solicitud de admisión, como justificante de haber ingresado la cantidad
establecida en esta convocatoria en concepto de derechos de examen.
2.
Instrucciones particulares
Cuerpo o Escala: Deberá ser alguno de los siguientes:
● Incorporación como militar de carrera.
● Adscripción como militar de complemento.
– Escala de oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil con exigencia de título.
Centro gestor: Subsecretaría de Defensa.
Nivel y acceso:
Incorporación como militar de carrera: A1 G1. Acceso libre.
Adscripción como militar de complemento: A2 G2. Acceso libre.
cve: BOE-A-2025-9297
Verificable en https://www.boe.es
– Escala de oficiales de los Cuerpos Generales, de Infantería de Marina y de la
Guardia Civil sin exigencia de título.
– Escala de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina con
exigencia de título:
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 62021
través de la sede electrónica del Ministerio de Defensa que se establece en el punto 1.1
de la base cuarta y en el apéndice 1.
El cargo en la cuenta de la tasa de derecho a examen se realiza a través del servicio
de Pasarela Pagos de la AEAT. Si el pago se realiza correctamente, la pasarela
devolverá el justificante correspondiente con un identificador del pago (NRC). Los
horarios de disponibilidad de la pasarela de la AEAT se pueden consultar en: https://
www2.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/ov/
pago007h.html
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003 de 28 de marzo (BOE número 79 de 2 de abril), por
la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía
electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del
Estado y sus Organismos Públicos. La constancia del pago correcto de las tasas estará
avalada por el número de referencia completo (NRC) emitido por la Agencia Estatal de
Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.
En el caso de abono de tasas a través de la plataforma de IPS, se encarece a las
personas interesadas o a sus representantes a utilizar la vía de pago telemática, que
garantiza el acceso a posibles subsanaciones por esta vía electrónica.
b)
Otras vías para efectuar el pago de tasas:
Deberá pulsar sobre «Descargar modelo 790». Aparecerá el formulario 790, en el
que deberá cumplimentar, únicamente, los campos obligatorios, marcados con un
asterisco (*). Una vez cumplimentados todos los datos solicitados deberá pulsar sobre la
opción «generar solicitud». De esta manera, se generará el documento que, al
imprimirlo, constará de tres copias (ejemplar para la Administración, ejemplar para la
persona interesada y ejemplar para la entidad colaboradora). Cada solicitud tendrá
asignado un número de referencia identificativo único (no son válidas copias).
Para efectuar el pago por esta vía, se presentará el original del modelo 790
cumplimentado en la forma descrita, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de
crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. Deberá
constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a
través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en
el espacio reservado a estos efectos. Una vez validado, el ejemplar para la Administración y
documentación adicional que justifique la exención o reducción del pago, deberá presentarse
junto con la solicitud de admisión, como justificante de haber ingresado la cantidad
establecida en esta convocatoria en concepto de derechos de examen.
2.
Instrucciones particulares
Cuerpo o Escala: Deberá ser alguno de los siguientes:
● Incorporación como militar de carrera.
● Adscripción como militar de complemento.
– Escala de oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil con exigencia de título.
Centro gestor: Subsecretaría de Defensa.
Nivel y acceso:
Incorporación como militar de carrera: A1 G1. Acceso libre.
Adscripción como militar de complemento: A2 G2. Acceso libre.
cve: BOE-A-2025-9297
Verificable en https://www.boe.es
– Escala de oficiales de los Cuerpos Generales, de Infantería de Marina y de la
Guardia Civil sin exigencia de título.
– Escala de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina con
exigencia de título: