Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2025-9296)
Resolución 452/38204/2025, de 8 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos de selección para ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera o la adscripción como militar de complemento a las escalas de oficiales y escalas técnicas de los Cuerpos de Ingenieros.
60 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 61969
Se mostrará una pantalla de progreso donde se da confirmación de cada uno de los
pasos a seguir. Se dará por completado el trámite una vez que se muestren los
justificantes del pago y registro de la inscripción. Este justificante de registro que se
obtiene en esta plataforma no sustituye, en ningún caso, a la solicitud de admisión a
través de la sede electrónica del Ministerio de Defensa que se establece en el
punto 1.1.1 de la base común cuarta y en el apéndice 1.
El cargo en la cuenta de la tasa de derecho a examen se realiza a través del servicio de
Pasarela Pagos de la AEAT. Si el pago se realiza correctamente, la pasarela devolverá el
justificante correspondiente con un identificador del pago (NRC). Los horarios de disponibilidad
de la pasarela de la AEAT se pueden consultar en https://www2.agenciatributaria.gob.es/
static_files/common/internet/dep/aplicaciones/ov/pago007h.html
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo (BOE número 79, de 2 de abril),
por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía
electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del
Estado y sus Organismos Públicos. La constancia de pago correcto de las tasas estará
avalada por el número de referencia completo (NRC) emitido por la Agencia Estatal de
Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.
En el caso de abono de tasas a través de la plataforma de IPS, se encarece a las
personas interesadas o sus representantes a utilizar la vía de pago telemática, que
garantiza el acceso a posibles subsanaciones por esta vía electrónica.
b)
Otras vías para efectuar el pago de tasas:
Deberá pulsar sobre «Descargar modelo 790». Aparecerá el formulario 790, en el
que deberá cumplimentar, únicamente, los campos obligatorios marcados con un
asterisco (*). Una vez cumplimentados todos los datos solicitados deberá pulsar sobre la
opción «generar solicitud». De esta manera, se generará el documento que, al
imprimirlo, constará de tres copias (ejemplar para la Administración, ejemplar para la
persona interesada y ejemplar para la entidad colaboradora). Cada solicitud tendrá
asignado un número de referencia identificativo único (no son válidas copias).
Para efectuar el pago de esta tasa se presentará el original del modelo 790
cumplimentado en la forma descrita en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa
de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.
Deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad
colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma
autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Una vez validado, el
ejemplar para la Administración y la documentación adicional que justifique la exención o
reducción del pago, deberá presentarse junto con la solicitud de admisión, como
justificante de haber ingresado la cantidad establecida en esta convocatoria en concepto
de derechos de examen.
2.
Instrucciones particulares
Cuerpo o Escala: deberá ser alguno de los siguientes:
–
–
–
–
Escala de oficiales de los Cuerpos de Ingenieros.
Escala técnica de los Cuerpos de Ingenieros.
Militar de complemento adscrito a la escala de oficiales.
Militar de complemento adscrito a la escala técnica.
Para las formas de ingreso por promoción:
– Escala de oficiales de los Cuerpos de Ingenieros.
– Escala técnica de los Cuerpos de Ingenieros.
cve: BOE-A-2025-9296
Verificable en https://www.boe.es
Para la forma de ingreso directo:
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 61969
Se mostrará una pantalla de progreso donde se da confirmación de cada uno de los
pasos a seguir. Se dará por completado el trámite una vez que se muestren los
justificantes del pago y registro de la inscripción. Este justificante de registro que se
obtiene en esta plataforma no sustituye, en ningún caso, a la solicitud de admisión a
través de la sede electrónica del Ministerio de Defensa que se establece en el
punto 1.1.1 de la base común cuarta y en el apéndice 1.
El cargo en la cuenta de la tasa de derecho a examen se realiza a través del servicio de
Pasarela Pagos de la AEAT. Si el pago se realiza correctamente, la pasarela devolverá el
justificante correspondiente con un identificador del pago (NRC). Los horarios de disponibilidad
de la pasarela de la AEAT se pueden consultar en https://www2.agenciatributaria.gob.es/
static_files/common/internet/dep/aplicaciones/ov/pago007h.html
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo (BOE número 79, de 2 de abril),
por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía
electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del
Estado y sus Organismos Públicos. La constancia de pago correcto de las tasas estará
avalada por el número de referencia completo (NRC) emitido por la Agencia Estatal de
Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.
En el caso de abono de tasas a través de la plataforma de IPS, se encarece a las
personas interesadas o sus representantes a utilizar la vía de pago telemática, que
garantiza el acceso a posibles subsanaciones por esta vía electrónica.
b)
Otras vías para efectuar el pago de tasas:
Deberá pulsar sobre «Descargar modelo 790». Aparecerá el formulario 790, en el
que deberá cumplimentar, únicamente, los campos obligatorios marcados con un
asterisco (*). Una vez cumplimentados todos los datos solicitados deberá pulsar sobre la
opción «generar solicitud». De esta manera, se generará el documento que, al
imprimirlo, constará de tres copias (ejemplar para la Administración, ejemplar para la
persona interesada y ejemplar para la entidad colaboradora). Cada solicitud tendrá
asignado un número de referencia identificativo único (no son válidas copias).
Para efectuar el pago de esta tasa se presentará el original del modelo 790
cumplimentado en la forma descrita en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa
de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.
Deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad
colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma
autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Una vez validado, el
ejemplar para la Administración y la documentación adicional que justifique la exención o
reducción del pago, deberá presentarse junto con la solicitud de admisión, como
justificante de haber ingresado la cantidad establecida en esta convocatoria en concepto
de derechos de examen.
2.
Instrucciones particulares
Cuerpo o Escala: deberá ser alguno de los siguientes:
–
–
–
–
Escala de oficiales de los Cuerpos de Ingenieros.
Escala técnica de los Cuerpos de Ingenieros.
Militar de complemento adscrito a la escala de oficiales.
Militar de complemento adscrito a la escala técnica.
Para las formas de ingreso por promoción:
– Escala de oficiales de los Cuerpos de Ingenieros.
– Escala técnica de los Cuerpos de Ingenieros.
cve: BOE-A-2025-9296
Verificable en https://www.boe.es
Para la forma de ingreso directo: