Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2025-9296)
Resolución 452/38204/2025, de 8 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos de selección para ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera o la adscripción como militar de complemento a las escalas de oficiales y escalas técnicas de los Cuerpos de Ingenieros.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 61943
Si durante la realización de las pruebas físicas, una vez que la persona aspirante
haya comenzado la ejecución de la primera, no terminara o no superara alguna de ellas,
se considerará eliminado del proceso de selección.
El orden de realización de las pruebas será establecido por la Junta de Educación
Física, y permitirá la recuperación de la prueba anterior y el calentamiento necesario
para la realización de la siguiente.
La calificación que puede obtenerse en las pruebas físicas será de «apto» o «no
apto». Las personas aspirantes calificadas como «no apto», serán eliminadas del
proceso de selección.
El requisito específico del apartado 1.2.1 de la base común segunda se deberá
verificar durante el desarrollo de las pruebas físicas. Si se detectara la existencia de
algún caso en el que no se cumple el requisito, se pondrá en conocimiento del
Presidente del Órgano de Selección a fin de que el personal afectado sea excluido del
proceso de selección.
2.3.2
Pruebas Psicológicas.
Estas pruebas explorarán las características de personalidad de las personas
aspirantes para detectar indicadores de posibles trastornos que pudieran comprometer
su rendimiento en los CDMF, o su futuro desempeño profesional. Los resultados
obtenidos serán tomados en consideración en el posterior reconocimiento médico. A tal
efecto, las personas aspirantes deberán atender cualquier requerimiento por parte de los
órganos de selección respecto a la realización de pruebas psicológicas complementarias
para la determinación de su aptitud. La convocatoria de dichas pruebas se publicará de
manera específica a través de la página web https://reclutamiento.defensa.gob.es/
proceso-de-selección-oficiales-y-suboficiales.
Reconocimiento Médico.
Para el reconocimiento médico se aplicará la Orden PCI/6/2019, de 11 de enero, por
la que se aprueba el cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los
centros docentes militares de formación.
El Presidente del Órgano de Selección hará pública la convocatoria para la
realización de los reconocimientos médicos. En ella se indicará la tanda en la que cada
aspirante pasará el reconocimiento médico, así como el lugar, fecha y hora de inicio de la
misma. El reconocimiento médico se realizará en los Hospitales y Centros Sanitarios de
la Red Hospitalaria de la Defensa que se determinen en la citada convocatoria.
Las personas aspirantes se presentarán al reconocimiento médico en ayunas y con
retención de orina e irán provistos de un bolígrafo de tinta azul o negra para rellenar el
cuestionario de salud correspondiente. Con la finalidad de alcanzar una exploración
oftalmológica más precisa, se recomienda a los portadores de lentes de contacto que
suspendan su utilización al menos una semana antes de la fecha del reconocimiento
médico y acudan a él con gafas debidamente graduadas.
Las personas aspirantes que concurran a los procesos de ingreso por promoción y
que hayan sido declaradas aptos para el servicio con limitaciones para ocupar
determinados destinos, deberán notificarlo a la Junta de Reconocimiento Médico al
efectuar su presentación.
Las personas calificadas como «no apto» serán eliminadas del proceso de selección.
Dar positivo en detección de sustancias psicotrópicas o drogas en la analítica que se
practique en este proceso de selección será motivo de exclusión de la persona aspirante,
de conformidad con la disposición quinta del III Plan General de Prevención de Drogas
en las Fuerzas Armadas (III PGPDFAS), de 14 de julio de 2020 (BOD número 147, de 23
de julio).
El resultado del reconocimiento médico podrá ser revisado a instancia del aspirante,
mediante solicitud dirigida al Presidente del Órgano de Selección del proceso de
selección en el que participe, en un plazo no superior a tres (3) días naturales contados a
cve: BOE-A-2025-9296
Verificable en https://www.boe.es
2.3.3
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 61943
Si durante la realización de las pruebas físicas, una vez que la persona aspirante
haya comenzado la ejecución de la primera, no terminara o no superara alguna de ellas,
se considerará eliminado del proceso de selección.
El orden de realización de las pruebas será establecido por la Junta de Educación
Física, y permitirá la recuperación de la prueba anterior y el calentamiento necesario
para la realización de la siguiente.
La calificación que puede obtenerse en las pruebas físicas será de «apto» o «no
apto». Las personas aspirantes calificadas como «no apto», serán eliminadas del
proceso de selección.
El requisito específico del apartado 1.2.1 de la base común segunda se deberá
verificar durante el desarrollo de las pruebas físicas. Si se detectara la existencia de
algún caso en el que no se cumple el requisito, se pondrá en conocimiento del
Presidente del Órgano de Selección a fin de que el personal afectado sea excluido del
proceso de selección.
2.3.2
Pruebas Psicológicas.
Estas pruebas explorarán las características de personalidad de las personas
aspirantes para detectar indicadores de posibles trastornos que pudieran comprometer
su rendimiento en los CDMF, o su futuro desempeño profesional. Los resultados
obtenidos serán tomados en consideración en el posterior reconocimiento médico. A tal
efecto, las personas aspirantes deberán atender cualquier requerimiento por parte de los
órganos de selección respecto a la realización de pruebas psicológicas complementarias
para la determinación de su aptitud. La convocatoria de dichas pruebas se publicará de
manera específica a través de la página web https://reclutamiento.defensa.gob.es/
proceso-de-selección-oficiales-y-suboficiales.
Reconocimiento Médico.
Para el reconocimiento médico se aplicará la Orden PCI/6/2019, de 11 de enero, por
la que se aprueba el cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los
centros docentes militares de formación.
El Presidente del Órgano de Selección hará pública la convocatoria para la
realización de los reconocimientos médicos. En ella se indicará la tanda en la que cada
aspirante pasará el reconocimiento médico, así como el lugar, fecha y hora de inicio de la
misma. El reconocimiento médico se realizará en los Hospitales y Centros Sanitarios de
la Red Hospitalaria de la Defensa que se determinen en la citada convocatoria.
Las personas aspirantes se presentarán al reconocimiento médico en ayunas y con
retención de orina e irán provistos de un bolígrafo de tinta azul o negra para rellenar el
cuestionario de salud correspondiente. Con la finalidad de alcanzar una exploración
oftalmológica más precisa, se recomienda a los portadores de lentes de contacto que
suspendan su utilización al menos una semana antes de la fecha del reconocimiento
médico y acudan a él con gafas debidamente graduadas.
Las personas aspirantes que concurran a los procesos de ingreso por promoción y
que hayan sido declaradas aptos para el servicio con limitaciones para ocupar
determinados destinos, deberán notificarlo a la Junta de Reconocimiento Médico al
efectuar su presentación.
Las personas calificadas como «no apto» serán eliminadas del proceso de selección.
Dar positivo en detección de sustancias psicotrópicas o drogas en la analítica que se
practique en este proceso de selección será motivo de exclusión de la persona aspirante,
de conformidad con la disposición quinta del III Plan General de Prevención de Drogas
en las Fuerzas Armadas (III PGPDFAS), de 14 de julio de 2020 (BOD número 147, de 23
de julio).
El resultado del reconocimiento médico podrá ser revisado a instancia del aspirante,
mediante solicitud dirigida al Presidente del Órgano de Selección del proceso de
selección en el que participe, en un plazo no superior a tres (3) días naturales contados a
cve: BOE-A-2025-9296
Verificable en https://www.boe.es
2.3.3