Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2025-9296)
Resolución 452/38204/2025, de 8 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos de selección para ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera o la adscripción como militar de complemento a las escalas de oficiales y escalas técnicas de los Cuerpos de Ingenieros.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Martes 13 de mayo de 2025

Sec. II.B. Pág. 61934

en el registro del Ministerio de Educación y Formación Profesional que posee la persona
interesada en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Si no autoriza dicha consulta, deberá aportar copia auténtica del documento original
oficial y definitivo que acredite la titulación exigida, o documento que acredite haber
cumplido los trámites legales para su expedición (pago de tasas de expedición del título).
El sello o la acreditación de las copias expresará la fecha en que se practicó, así como la
identificación del órgano y de la persona que las expiden.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá acreditar su
homologación oficial y definitiva, no aceptando procedimientos pendientes de resolución,
obtenida esta mediante credencial expedida por la Secretaría General de Universidades,
conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 889/2022, de 19 de octubre, o conforme a los
procedimientos de homologación de la normativa previa al citado real decreto.
1.5

Requisitos adicionales.

Además de lo anterior, los militares profesionales también deberán tener en cuenta lo
siguiente:
– Certificado del resultado de las pruebas analíticas de detección de consumo de
sustancias psicotrópicas.
Plazo de presentación: dentro del plazo establecido en la base común tercera.
Deberán aportar el certificado del Jefe de UCO de destino o dependencia
(apéndice 4) en soporte digital, según establece el apartado 1.1.3. de esta base, con el
resultado de las pruebas analíticas de detección de consumo de sustancias psicotrópicas
o drogas realizadas dentro del período de un año inmediatamente anterior a la fecha
límite de presentación de solicitudes, según lo establecido en el III Plan General de
Prevención de Drogas en las Fuerzas Armadas (III PGPDFAS), de 14 de julio de 2020
(BOD número 147, de 23 de julio).
– La Secretaría de procesos comprobará, a través del Sistema de Información de
Personal de Defensa (SIPERDEF), si tiene anotadas, con carácter firme en vía
administrativa, sanciones disciplinarias por faltas graves o muy graves.
– Informe Personal de Calificación (IPEC): se cumplimentará lo dispuesto en la base
común octava «Fase de Concurso».
Méritos a valorar en la fase de concurso.

Plazo de presentación: desde el inicio del plazo establecido en la base común tercera
hasta la fecha de comienzo de la primera prueba.
Solamente se valorarán aquellos méritos debidamente justificados que se posean en
la fecha en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes. Para la justificación de
los méritos solo se admitirán documentos originales o copias auténticas. No será objeto
de valoración ninguna copia que carezca de autenticación o de Código Seguro de
Verificación.
– Méritos militares: el Órgano de Selección extraerá del Sistema de Información de
Personal de Defensa (SIPERDEF) los méritos militares que posea la persona interesada
en la fecha en que finaliza el plazo de admisión de solicitudes.
En aquellos casos en que la persona aspirante haya detectado errores en los datos
administrativos grabados en SIPERDEF remitirá, junto con la solicitud, copia de la nota
de reparos remitida a su Mando de Personal, con el V.º B.º del Jefe de su UCO y el
conforme de la persona aspirante.
– Méritos académicos: en la valoración de los estudios universitarios solo se
considerará la certificación académica oficial expedida por la Facultad, Escuela Técnica
o centro docente correspondiente. En la misma figurarán las asignaturas, créditos y
calificaciones numéricas que correspondan a cada una de ellas.
– Perfil de idiomas: acreditación del perfil de idiomas establecido en el
apartado 1.2.2.f) de la base común segunda. Sólo serán válidos los certificados

cve: BOE-A-2025-9296
Verificable en https://www.boe.es

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