Agencia Española de Protección de Datos. III. Otras disposiciones. Sanciones. (BOE-A-2025-9383)
Resolución de 29 de abril de 2025, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se publican las sanciones superiores a un millón de euros.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Martes 13 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 62541

III. OTRAS DISPOSICIONES

AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS
9383

Resolución de 29 de abril de 2025, de la Agencia Española de Protección de
Datos, por la que se publican las sanciones superiores a un millón de euros.

El apartado 4 del artículo 76 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de
Protección de Datos y garantía de los derechos digitales establece en su primer párrafo
lo siguiente: «Será objeto de publicación en el “Boletín Oficial del Estado” la información
que identifique al infractor, la infracción cometida y el importe de la sanción impuesta
cuando la autoridad competente sea la Agencia Española de Protección de Datos, la
sanción fuese superior a un millón de euros y el infractor sea una persona jurídica».
De conformidad con lo establecido en dicho precepto, se procede a la publicación de
la información a que hace referencia el anexo que se adjunta.
Madrid, 29 de abril de 2025.–El Presidente de la Agencia Española de Protección de
Datos, Lorenzo Cotino Hueso.
ANEXO

Infracción cometida

Importe
sanción

Euros

ORANGE SPAGNE, SAU.

– infracción del artículo 6 del RGPD, tipificada en
el artículo 83.5.a).de dicha norma.
– infracción del artículo 25 del RGPD, tipificada
en el artículo 83.4 de dicha norma.

1.200.000

ING BANK NV, SUCURSAL
EN ESPAÑA.

– infracción del artículo 6.1 del RGPD, tipificada
en el artículo 83.5 del RGPD.

1.600.000

GENERALI ESPAÑA, SA,
DE SEGUROS Y
REASEGUROS.

– infracción del artículo 5.1.f).
– infracción del artículo 25, 32y 35 del RGPD.

4.000.000

cve: BOE-A-2025-9383
Verificable en https://www.boe.es

Nombre del infractor

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X