Ministerio de CulturaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Sanciones. (BOE-B-2025-17374)
Extracto de la Resolución de 6 de mayo de 2025 de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la creación literaria, correspondientes al año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Martes 13 de mayo de 2025

Sec. V-B. Pág. 26279

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE CULTURA

17374

Extracto de la Resolución de 6 de mayo de 2025 de la Secretaría de
Estado de Cultura, por la que se convocan subvenciones en régimen de
concurrencia competitiva para la creación literaria, correspondientes al
año 2025.

BDNS(Identif.):831789
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
831789)
Primero. Beneficiarios
Personas físicas, mayores de edad, de nacionalidad española o con residencia
en España. Cada participante solo podrá concurrir con un proyecto.
Segundo. Objeto
Proyecto de creación literaria de obras originales, para apoyar la vocación
artística de todos los ciudadanos y el desarrollo pleno de sus capacidades, obras
que habrán de estar escritas en cualquiera de las lenguas oficiales de España, así
como aquellas con reconocimiento jurídico en los estatutos de autonomía, en las
modalidades de narrativa (novela, novela corta y relato), poesía, literatura infantil y
juvenil, ensayo, teatro, traducción e ilustración.
Tercero. Bases reguladoras
Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las
bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas del Ministerio
de Cultura en régimen de concurrencia competitiva.
Cuarto. Plazo de presentación. Formalización de la solicitud
Cuarto 1. El plazo de formalización de solicitudes será de 15 días hábiles a
partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del
Estado.
Cuarto 2. Las solicitudes deberán dirigirse a la persona titular de la Dirección
General del Libro, del Cómic y de la Lectura.

El importe de las subvenciones convocadas será, como máximo, de 1.000.000
euros.
Madrid, 6 de mayo de 2025.- El Secretario de Estado de Cultura, P.D. apartado
Cuarto 2.d) de la Orden CLT/503/2024, de 27 de mayo La Directora General del
Libro, del Cómic y de la Lectura, María José Gálvez Salvador.
ID: A250021533-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-B-2025-17374
Verificable en https://www.boe.es

Quinto. Importe