Ministerio de Ciencia, Innovación y UniversidadesV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Sanciones. (BOE-B-2025-17377)
Extracto de la Resolución de 30 de abril de 2025, del Servicio Español para la Internacionalización de la Educación, por la que se convoca la concesión de ayudas por la participación de las universidades españolas en ferias educativas de carácter internacional de 2024
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de mayo de 2025
Sec. V-B. Pág. 26283
La subvención financiará en hasta un 90% el coste de participación
(únicamente el coste del stand) de las ferias. En ningún caso se financiará otro tipo
de costes en que hubieran podido incurrir los solicitantes tales como gastos de
personal, promoción, viajes, etc.
El importe máximo a subvencionar a cada universidad no superará los 9.000
euros, o, en su caso según disponibilidad presupuestaria.
La distribución de la financiación de las ayudas por aplicaciones
presupuestarias es con carácter estimativo. La imputación de los gastos derivados
de la convocatoria se realizará finalmente de acuerdo con la aplicación
presupuestaria que corresponda según la clasificación económica adecuada a la
entidad beneficiaria.
Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes
Las universidades españolas que cumplan los requisitos y que deseen
participar en la presente convocatoria, deberán cumplimentar su solicitud a través
del formulario del siguiente enlace: https://forma.administracionelectronica.gob.es/
form/open/corp/c1f63a59-daf6-4126-9dde4037223168a2/oBwq
Tras cumplimentarlo, validar y enviar, se debe generar un documento PDF con
el botón del formulario que aparece a tal fin. Este documento PDF deberá ser
firmado por el representante legal de la entidad.
Una vez realizado este paso, la solicitud firmada y la documentación adicional
se comprimirá en un ZIP y se registrará a través del registro electrónico del SEPIE
http://sepie.es/aplicaciones-web/solicitud_generica.html
El plazo para la presentación de candidaturas será de 15 días naturales desde
el día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el
Boletín Oficial del Estado.
La convocatoria completa será publicada en la página web del SEPIE y en la
Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Sexto. Otra información
Las ayudas se justificarán según lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre y articulo 69 y siguientes de Real Decreto 887/2006, de
21 de julio. La cuenta justificativa se presentará junto con la solicitud. Se revisará el
100% de los expedientes de subvención y se realizará la revisión de la totalidad de
documentos de la cuenta justificativa, incluyendo la verificación del 100% de los
justificantes de gasto como facturas y justificantes de pagos como transferencias
bancarias.
La cuenta justificativa tomará la forma de cuenta justificativa simplificada y
deberá incluir los siguientes aspectos:
a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones
impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades
realizadas y de los resultados obtenidos.
b) Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con
identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su
caso, fecha de pago.
cve: BOE-B-2025-17377
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Sec. V-B. Pág. 26283
La subvención financiará en hasta un 90% el coste de participación
(únicamente el coste del stand) de las ferias. En ningún caso se financiará otro tipo
de costes en que hubieran podido incurrir los solicitantes tales como gastos de
personal, promoción, viajes, etc.
El importe máximo a subvencionar a cada universidad no superará los 9.000
euros, o, en su caso según disponibilidad presupuestaria.
La distribución de la financiación de las ayudas por aplicaciones
presupuestarias es con carácter estimativo. La imputación de los gastos derivados
de la convocatoria se realizará finalmente de acuerdo con la aplicación
presupuestaria que corresponda según la clasificación económica adecuada a la
entidad beneficiaria.
Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes
Las universidades españolas que cumplan los requisitos y que deseen
participar en la presente convocatoria, deberán cumplimentar su solicitud a través
del formulario del siguiente enlace: https://forma.administracionelectronica.gob.es/
form/open/corp/c1f63a59-daf6-4126-9dde4037223168a2/oBwq
Tras cumplimentarlo, validar y enviar, se debe generar un documento PDF con
el botón del formulario que aparece a tal fin. Este documento PDF deberá ser
firmado por el representante legal de la entidad.
Una vez realizado este paso, la solicitud firmada y la documentación adicional
se comprimirá en un ZIP y se registrará a través del registro electrónico del SEPIE
http://sepie.es/aplicaciones-web/solicitud_generica.html
El plazo para la presentación de candidaturas será de 15 días naturales desde
el día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el
Boletín Oficial del Estado.
La convocatoria completa será publicada en la página web del SEPIE y en la
Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Sexto. Otra información
Las ayudas se justificarán según lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre y articulo 69 y siguientes de Real Decreto 887/2006, de
21 de julio. La cuenta justificativa se presentará junto con la solicitud. Se revisará el
100% de los expedientes de subvención y se realizará la revisión de la totalidad de
documentos de la cuenta justificativa, incluyendo la verificación del 100% de los
justificantes de gasto como facturas y justificantes de pagos como transferencias
bancarias.
La cuenta justificativa tomará la forma de cuenta justificativa simplificada y
deberá incluir los siguientes aspectos:
a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones
impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades
realizadas y de los resultados obtenidos.
b) Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con
identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su
caso, fecha de pago.
cve: BOE-B-2025-17377
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 115