Ministerio Fiscal. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Nombramientos. (BOE-A-2025-9288)
Decreto de 28 de abril de 2025, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegada Autonómica de la especialidad de Violencia sobre la Mujer de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Galicia a doña María Elena Steinger Doallo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Sec. II.A. Pág. 61847
aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará
traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime
pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del
Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal (art. 62.2 RMF).
Asimismo, el nombramiento y cese debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado»
(art. 62.3 RMF).
Segundo.
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al
nombramiento interesado. Igualmente, la propuesta del Fiscal Superior de la Comunidad
Autónoma de Galicia está suficientemente motivada y avala la idoneidad de la candidata.
En consecuencia, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del
Ministerio Fiscal y de su Reglamento y haciendo propia la fundamentación de la
propuesta, se acuerda:
1. Nombrar a doña María Elena Steinger Doallo Delegada Autonómica de la
especialidad de Violencia sobre la Mujer de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de
Galicia.
2. Notifíquese lo acordado a la Fiscal Jefa Inspectora, a la Fiscal de Sala Jefa de la
Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado, al Fiscal Superior de la Fiscalía de
la Comunidad Autónoma de Galicia, que trasladará copia del presente Decreto a las
Fiscales interesadas, poniéndolo en conocimiento de todos los Fiscales de la plantilla de
la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Galicia y de los Fiscales Jefes de las Fiscalías
de Provinciales de A Coruña, Lugo, Orense y Pontevedra.
Notifíquese igualmente a la Unidad Central de Violencia sobre la Mujer de la Fiscalía
General del Estado.
3. Publíquese presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».
4. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal
Supremo [art. 12.1.b) LJCA], en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la
notificación de la misma. Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición
ante el Consejo Fiscal, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la
notificación de la presente resolución. En este último caso no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo, hasta que sea resuelto el recurso de reposición o se
haya producido la desestimación presunta del mismo
cve: BOE-A-2025-9288
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 28 de abril de 2025.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
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aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará
traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime
pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del
Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal (art. 62.2 RMF).
Asimismo, el nombramiento y cese debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado»
(art. 62.3 RMF).
Segundo.
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al
nombramiento interesado. Igualmente, la propuesta del Fiscal Superior de la Comunidad
Autónoma de Galicia está suficientemente motivada y avala la idoneidad de la candidata.
En consecuencia, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del
Ministerio Fiscal y de su Reglamento y haciendo propia la fundamentación de la
propuesta, se acuerda:
1. Nombrar a doña María Elena Steinger Doallo Delegada Autonómica de la
especialidad de Violencia sobre la Mujer de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de
Galicia.
2. Notifíquese lo acordado a la Fiscal Jefa Inspectora, a la Fiscal de Sala Jefa de la
Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado, al Fiscal Superior de la Fiscalía de
la Comunidad Autónoma de Galicia, que trasladará copia del presente Decreto a las
Fiscales interesadas, poniéndolo en conocimiento de todos los Fiscales de la plantilla de
la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Galicia y de los Fiscales Jefes de las Fiscalías
de Provinciales de A Coruña, Lugo, Orense y Pontevedra.
Notifíquese igualmente a la Unidad Central de Violencia sobre la Mujer de la Fiscalía
General del Estado.
3. Publíquese presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».
4. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal
Supremo [art. 12.1.b) LJCA], en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la
notificación de la misma. Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición
ante el Consejo Fiscal, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la
notificación de la presente resolución. En este último caso no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo, hasta que sea resuelto el recurso de reposición o se
haya producido la desestimación presunta del mismo
cve: BOE-A-2025-9288
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Madrid, 28 de abril de 2025.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
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