Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2025-9164)
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, O.A., el Instituto Social de la Marina y la Comunidad Foral de Navarra, en materia de cesión de información y subsidio por desempleo, en el contexto de solicitudes o tránsito a la prestación del Ingreso Mínimo Vital.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113
Sábado 10 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 61267
ANEXO ÚNICO
Suministro de información sobre el subsidio por desempleo y otros datos
personales relativos a los perceptores del subsidio por desempleo y sus
familiares, en el contexto de solicitudes o tránsito a la prestación de Ingreso
Mínimo Vital
1.
Administración cedente
Servicio Público de Empleo Estatal y el Instituto Social de la Marina.
2. Administración cesionaria
Dirección General de Protección Social y Cooperación al Desarrollo.
3.
Procedimiento para el suministro
Sistema de suministro basado
preferentemente servicio web.
4.
en
procesos
informáticos
o
telemáticos,
Periodicidad del suministro
El suministro de la información del subsidio por desempleo obtenida por el Cedente
en el ejercicio de sus funciones en cuanto Entidad gestora, y requerida por el Cesionario
para el reconocimiento del IMV según lo dispuesto en el artículo 20, apartado 1.f) LIMV
se realizará mediante una consulta al servicio web.
5.
Interlocutores/as
Para la gestión ordinaria y, sin perjuicio de las competencias de la Comisión
establecida en la cláusula undécima, se establecen los siguientes interlocutores.
Para cuestiones jurídicas:
– Por parte del SEPE: Subdirección General de Prestaciones por Desempleo.
– Por parte ISM: Subdirección General de Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
– Por parte de la Dirección General de Protección Social y Cooperación al Desarrollo.
Para cuestiones informáticas:
– Por parte del SEPE: Subdirección General de Tecnologías de la Información y
Comunicaciones.
– Por parte de la Dirección General de Protección Social y Cooperación al Desarrollo.
– Por parte del SEPE: Subdirección General de Tecnologías de la Información y
Comunicaciones y Subdirección General de Prestaciones por Desempleo.
– Por parte de ISM: Subdirección General de Seguridad Social de los Trabajadores
del Mar.
– Por parte de la Dirección General de Protección Social y Cooperación al Desarrollo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2025-9164
Verificable en https://www.boe.es
Para otras cuestiones materiales (gestión ordinaria del suministro…):
Núm. 113
Sábado 10 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 61267
ANEXO ÚNICO
Suministro de información sobre el subsidio por desempleo y otros datos
personales relativos a los perceptores del subsidio por desempleo y sus
familiares, en el contexto de solicitudes o tránsito a la prestación de Ingreso
Mínimo Vital
1.
Administración cedente
Servicio Público de Empleo Estatal y el Instituto Social de la Marina.
2. Administración cesionaria
Dirección General de Protección Social y Cooperación al Desarrollo.
3.
Procedimiento para el suministro
Sistema de suministro basado
preferentemente servicio web.
4.
en
procesos
informáticos
o
telemáticos,
Periodicidad del suministro
El suministro de la información del subsidio por desempleo obtenida por el Cedente
en el ejercicio de sus funciones en cuanto Entidad gestora, y requerida por el Cesionario
para el reconocimiento del IMV según lo dispuesto en el artículo 20, apartado 1.f) LIMV
se realizará mediante una consulta al servicio web.
5.
Interlocutores/as
Para la gestión ordinaria y, sin perjuicio de las competencias de la Comisión
establecida en la cláusula undécima, se establecen los siguientes interlocutores.
Para cuestiones jurídicas:
– Por parte del SEPE: Subdirección General de Prestaciones por Desempleo.
– Por parte ISM: Subdirección General de Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
– Por parte de la Dirección General de Protección Social y Cooperación al Desarrollo.
Para cuestiones informáticas:
– Por parte del SEPE: Subdirección General de Tecnologías de la Información y
Comunicaciones.
– Por parte de la Dirección General de Protección Social y Cooperación al Desarrollo.
– Por parte del SEPE: Subdirección General de Tecnologías de la Información y
Comunicaciones y Subdirección General de Prestaciones por Desempleo.
– Por parte de ISM: Subdirección General de Seguridad Social de los Trabajadores
del Mar.
– Por parte de la Dirección General de Protección Social y Cooperación al Desarrollo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2025-9164
Verificable en https://www.boe.es
Para otras cuestiones materiales (gestión ordinaria del suministro…):