Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-9173)
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto de la Juventud, O.A., y el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, para la realización de actividades de promoción de la memoria democrática para personas jóvenes.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 10 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 61309
Las partes, que actúan debido a sus respectivos cargos, declaran y manifiestan que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
correspondiente convenio en nombre de las instituciones que representen y, a tal efecto,
MANIFIESTAN
I. Que, conforme a lo dispuesto en la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria
Democrática, se persigue preservar y mantener la memoria de las víctimas de la Guerra
y la dictadura franquista, a través del conocimiento de la verdad, como un derecho de las
víctimas, el establecimiento de la justicia y fomento de la reparación y el establecimiento
de un deber de memoria de los poderes públicos, para evitar la repetición de cualquier
forma de violencia política o totalitarismo. Al mismo tiempo que se ha de promover el
conocimiento de la reivindicación y defensa de los valores democráticos y los derechos y
libertades fundamentales a lo largo de la historia contemporánea de España, con el fin
de fomentar la cohesión y solidaridad entre las diversas generaciones en torno a los
principios, valores y libertades constitucionales.
II. Que, de acuerdo con el artículo 7 del Real Decreto 273/2024, de 19 de marzo,
por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial
y Memoria Democrática, corresponde a la Secretaría de Estado de Memoria Democrática
desempeñar, bajo la autoridad de la persona titular del Ministerio, además de las
competencias que le encomienda el artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el
impulso, dirección y gestión de la política del Gobierno en lo referente a la conservación,
defensa, fomento y divulgación de la Memoria Democrática en virtud de los principios de
verdad, justicia, reparación y garantía de no repetición, así como el desarrollo de su
normativa de aplicación.
De ellas cabe destacar la promoción de acciones de información, divulgación,
formación y capacitación sobre Memoria Democrática y atención a las víctimas y el
establecimiento de líneas de colaboración que permitan recabar información o
conocimiento de expertos en la materia, así como la colaboración con las
administraciones públicas y entidades que lo soliciten en los actos de recuerdo y
homenaje a las víctimas de la Guerra de España o de la dictadura.
III. Que, conforme al artículo 7 del Real Decreto 486/2005, de 4 de mayo, por el que
se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de la Juventud, corresponde a
la Directora General del Instituto de la Juventud O.A. el ejercicio de las competencias de
planificación, dirección, control e inspección de las actividades del organismo para el
cumplimiento de sus fines y, especialmente: la dirección del personal del organismo, la
ejecución de los planes generales de actuación del Instituto, la contratación en nombre
del organismo y la disposición de gastos hasta el límite establecido legalmente, así como
la ordenación de pagos, la concesión de ayudas, subvenciones y la suscripción de
convenios de colaboración, con cargo a los presupuestos del Instituto, destinados al
cumplimiento de sus fines; la dirección de la comunicación externa e interna del
organismo, la rendición de cuentas ante el Tribunal de Cuentas, de acuerdo con la
normativa presupuestaria, la aprobación del anteproyecto de presupuestos, la
elaboración y propuesta del plan anual de actuación, la elaboración de la memoria de
gestión y funcionamiento del organismo.
IV. El 20 de noviembre de 2025 se cumplen 50 años de la muerte del dictador
Francisco Franco, fecha simbólica que abrió la esperanza en amplias capas de la
ciudadanía de poner fin a la dictadura franquista e iniciar un proceso de transición para la
recuperación de la democracia y las libertades en España. Con la celebración de
«España en Libertad. 50 años» se pretende celebrar la conquista de las libertades y la
democracia que se desarrolló con la Transición y la Constitución de 1978 y los grandes
avances y transformaciones políticas y sociales experimentadas a lo largo de esas
décadas, que han convertido a nuestro país en uno de los más avanzados del mundo.
V. En el marco de las celebraciones de los 50 años de España en libertad, se
considera fundamental ampliar el conocimiento de la historia reciente de España por
cve: BOE-A-2025-9173
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 113
Sábado 10 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 61309
Las partes, que actúan debido a sus respectivos cargos, declaran y manifiestan que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
correspondiente convenio en nombre de las instituciones que representen y, a tal efecto,
MANIFIESTAN
I. Que, conforme a lo dispuesto en la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria
Democrática, se persigue preservar y mantener la memoria de las víctimas de la Guerra
y la dictadura franquista, a través del conocimiento de la verdad, como un derecho de las
víctimas, el establecimiento de la justicia y fomento de la reparación y el establecimiento
de un deber de memoria de los poderes públicos, para evitar la repetición de cualquier
forma de violencia política o totalitarismo. Al mismo tiempo que se ha de promover el
conocimiento de la reivindicación y defensa de los valores democráticos y los derechos y
libertades fundamentales a lo largo de la historia contemporánea de España, con el fin
de fomentar la cohesión y solidaridad entre las diversas generaciones en torno a los
principios, valores y libertades constitucionales.
II. Que, de acuerdo con el artículo 7 del Real Decreto 273/2024, de 19 de marzo,
por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial
y Memoria Democrática, corresponde a la Secretaría de Estado de Memoria Democrática
desempeñar, bajo la autoridad de la persona titular del Ministerio, además de las
competencias que le encomienda el artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el
impulso, dirección y gestión de la política del Gobierno en lo referente a la conservación,
defensa, fomento y divulgación de la Memoria Democrática en virtud de los principios de
verdad, justicia, reparación y garantía de no repetición, así como el desarrollo de su
normativa de aplicación.
De ellas cabe destacar la promoción de acciones de información, divulgación,
formación y capacitación sobre Memoria Democrática y atención a las víctimas y el
establecimiento de líneas de colaboración que permitan recabar información o
conocimiento de expertos en la materia, así como la colaboración con las
administraciones públicas y entidades que lo soliciten en los actos de recuerdo y
homenaje a las víctimas de la Guerra de España o de la dictadura.
III. Que, conforme al artículo 7 del Real Decreto 486/2005, de 4 de mayo, por el que
se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de la Juventud, corresponde a
la Directora General del Instituto de la Juventud O.A. el ejercicio de las competencias de
planificación, dirección, control e inspección de las actividades del organismo para el
cumplimiento de sus fines y, especialmente: la dirección del personal del organismo, la
ejecución de los planes generales de actuación del Instituto, la contratación en nombre
del organismo y la disposición de gastos hasta el límite establecido legalmente, así como
la ordenación de pagos, la concesión de ayudas, subvenciones y la suscripción de
convenios de colaboración, con cargo a los presupuestos del Instituto, destinados al
cumplimiento de sus fines; la dirección de la comunicación externa e interna del
organismo, la rendición de cuentas ante el Tribunal de Cuentas, de acuerdo con la
normativa presupuestaria, la aprobación del anteproyecto de presupuestos, la
elaboración y propuesta del plan anual de actuación, la elaboración de la memoria de
gestión y funcionamiento del organismo.
IV. El 20 de noviembre de 2025 se cumplen 50 años de la muerte del dictador
Francisco Franco, fecha simbólica que abrió la esperanza en amplias capas de la
ciudadanía de poner fin a la dictadura franquista e iniciar un proceso de transición para la
recuperación de la democracia y las libertades en España. Con la celebración de
«España en Libertad. 50 años» se pretende celebrar la conquista de las libertades y la
democracia que se desarrolló con la Transición y la Constitución de 1978 y los grandes
avances y transformaciones políticas y sociales experimentadas a lo largo de esas
décadas, que han convertido a nuestro país en uno de los más avanzados del mundo.
V. En el marco de las celebraciones de los 50 años de España en libertad, se
considera fundamental ampliar el conocimiento de la historia reciente de España por
cve: BOE-A-2025-9173
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 113