Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-9172)
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Universidad Nacional de Educación a Distancia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113
Sábado 10 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 61302
Segundo.
Que la Universidad Nacional de Educación a Distancia (en adelante, UNED) es una
universidad pública no transferida de las previstas en el artículo 84 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, teniendo por objeto la calidad
de la enseñanza, la formación de docentes e investigadores y el desarrollo de la
investigación en todos los campos del conocimientos; tiene personalidad jurídica propia y
plena capacidad pública y privada, que ejerce sus funciones con autonomía e
independencia respecto de las Administraciones Públicas.
Tercero.
Que UNED, de acuerdo con lo establecido en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre,
de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, tiene actualmente suscrito un
Convenio de Asistencia Jurídica, de fecha 26 de abril de 2023, con la Abogacía General
del Estado.
Cuarto.
Que al objeto de lograr una mayor efectividad y coordinación de la asistencia jurídica
a UNED, ambas partes consideran conveniente la designación por el Abogado General
del Estado de uno o más Abogados del Estado en activo que actúen como
coordinadores directos de la asistencia jurídica.
Quinto.
Que el texto del «convenio tipo», de asistencia jurídica ha sido informado por la
Abogacía del Estado en el Ministerio de Justicia.
Sexto.
Que, con el fin de regular las condiciones de prestación de esa asistencia jurídica en
la forma prevista en el ordenamiento jurídico, los comparecientes suscriben el presente
convenio, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
De conformidad con lo establecido en la citada Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de
Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas y en el Real Decreto 1057/2024,
de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Abogacía General del
Estado, ésta podrá prestar asistencia jurídica a UNED por medio de los Abogados del
Estado integrados en aquella. La asistencia Jurídica comprenderá tanto el
asesoramiento jurídico como la representación y defensa ante cualesquiera
jurisdicciones y órdenes jurisdiccionales en los mismos términos previstos para la
asistencia jurídica a la Administración General del Estado.
La asistencia jurídica se extenderá también a los centros asociados de la UNED que
se relacionan a continuación:
Centro asociado
Régimen jurídico
Denominación
A CORUÑA.
Consorcio.
Consorcio Universitario del Centro Asociado a la UNED de A Coruña.
ALBACETE.
Consorcio.
Consorcio Universitario del Centro Asociado a la UNED de Albacete.
ALMERÍA.
Consorcio.
Consorcio Universitario del Centro Asociado a la UNED de Almería.
cve: BOE-A-2025-9172
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto.
Núm. 113
Sábado 10 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 61302
Segundo.
Que la Universidad Nacional de Educación a Distancia (en adelante, UNED) es una
universidad pública no transferida de las previstas en el artículo 84 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, teniendo por objeto la calidad
de la enseñanza, la formación de docentes e investigadores y el desarrollo de la
investigación en todos los campos del conocimientos; tiene personalidad jurídica propia y
plena capacidad pública y privada, que ejerce sus funciones con autonomía e
independencia respecto de las Administraciones Públicas.
Tercero.
Que UNED, de acuerdo con lo establecido en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre,
de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, tiene actualmente suscrito un
Convenio de Asistencia Jurídica, de fecha 26 de abril de 2023, con la Abogacía General
del Estado.
Cuarto.
Que al objeto de lograr una mayor efectividad y coordinación de la asistencia jurídica
a UNED, ambas partes consideran conveniente la designación por el Abogado General
del Estado de uno o más Abogados del Estado en activo que actúen como
coordinadores directos de la asistencia jurídica.
Quinto.
Que el texto del «convenio tipo», de asistencia jurídica ha sido informado por la
Abogacía del Estado en el Ministerio de Justicia.
Sexto.
Que, con el fin de regular las condiciones de prestación de esa asistencia jurídica en
la forma prevista en el ordenamiento jurídico, los comparecientes suscriben el presente
convenio, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
De conformidad con lo establecido en la citada Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de
Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas y en el Real Decreto 1057/2024,
de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Abogacía General del
Estado, ésta podrá prestar asistencia jurídica a UNED por medio de los Abogados del
Estado integrados en aquella. La asistencia Jurídica comprenderá tanto el
asesoramiento jurídico como la representación y defensa ante cualesquiera
jurisdicciones y órdenes jurisdiccionales en los mismos términos previstos para la
asistencia jurídica a la Administración General del Estado.
La asistencia jurídica se extenderá también a los centros asociados de la UNED que
se relacionan a continuación:
Centro asociado
Régimen jurídico
Denominación
A CORUÑA.
Consorcio.
Consorcio Universitario del Centro Asociado a la UNED de A Coruña.
ALBACETE.
Consorcio.
Consorcio Universitario del Centro Asociado a la UNED de Albacete.
ALMERÍA.
Consorcio.
Consorcio Universitario del Centro Asociado a la UNED de Almería.
cve: BOE-A-2025-9172
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto.