Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-9171)
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Autoridad Portuaria de Castellón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113
Sábado 10 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 61296
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
9171
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica
el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la
Autoridad Portuaria de Castellón.
El Abogado General del Estado y el Presidente de la Autoridad Portuaria de
Castellón han suscrito, con fecha de 9 de abril de 2025, un convenio de asistencia
jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 5 de mayo de 2025.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado
(Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía
General del Estado) y la Autoridad Portuaria de Castellón
REUNIDOS
De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado
General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18
de junio (BOE n.° 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación
conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes en el artículo 8.d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación
de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos
para gastos.
De otra parte, don Rubén Ibáñez Bordonau, actuando en nombre y representación de
la Autoridad Portuaria de Castellón, con domicilio social en calle Muelle Serrano
Lloberes, s/n, 12100 Grao de Castellón, y NIF Q1267007A, en su condición de
Presidente, cargo para el que fue nombrado por Acuerdo del Consell de la Generalitat
Valenciana de 10 de agosto de 2023, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 25
de agosto de 2023, mediante Orden TMA/993/2023, de 23 de agosto.
MANIFIESTAN
Que la Abogacía General del Estado es el centro directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos
autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General
del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un
convenio.
cve: BOE-A-2025-9171
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 113
Sábado 10 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 61296
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
9171
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica
el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la
Autoridad Portuaria de Castellón.
El Abogado General del Estado y el Presidente de la Autoridad Portuaria de
Castellón han suscrito, con fecha de 9 de abril de 2025, un convenio de asistencia
jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 5 de mayo de 2025.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado
(Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía
General del Estado) y la Autoridad Portuaria de Castellón
REUNIDOS
De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado
General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18
de junio (BOE n.° 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación
conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes en el artículo 8.d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación
de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos
para gastos.
De otra parte, don Rubén Ibáñez Bordonau, actuando en nombre y representación de
la Autoridad Portuaria de Castellón, con domicilio social en calle Muelle Serrano
Lloberes, s/n, 12100 Grao de Castellón, y NIF Q1267007A, en su condición de
Presidente, cargo para el que fue nombrado por Acuerdo del Consell de la Generalitat
Valenciana de 10 de agosto de 2023, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 25
de agosto de 2023, mediante Orden TMA/993/2023, de 23 de agosto.
MANIFIESTAN
Que la Abogacía General del Estado es el centro directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos
autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General
del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un
convenio.
cve: BOE-A-2025-9171
Verificable en https://www.boe.es
Primero.