Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-9189)
Resolución de 28 de abril de 2025, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Digital y el Banco de España, para el uso de las soluciones tecnológicas titularidad de la Agencia Estatal de Administración Digital.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113
Sábado 10 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 61438
– Confidencialidad.
Toda la información facilitada por las partes y toda la información generada como
consecuencia de la ejecución del presente convenio tendrá el tratamiento de
confidencial, sin perjuicio de la información que sea de dominio público, no pudiendo ser
divulgada o facilitada a terceros, ni utilizada para un fin distinto del previsto en este
documento, sin el acuerdo unánime de las partes.
La obligación de confidencialidad para las partes, que estará supeditada a los
postulados de la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Buen Gobierno se extenderá indefinidamente, aunque el convenio
se hubiera extinguido. Todo ello sin perjuicio de la eventual autorización de las partes o,
en su caso, de que dicha información pasara a ser considerada como de dominio
público.
Se podrán dictar cuantos actos jurídicos sean necesarios, de forma adicional al
presente convenio, para dar cumplimiento a lo establecido en esta cláusula.
Duodécima.
Régimen jurídico.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Decimotercera.
Transparencia.
El presente convenio podrá ser puesto a disposición de los ciudadanos en el portal
de Transparencia, en aplicación de los dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la información pública y Buen Gobierno y
demás normativa de desarrollo de la misma.
En prueba de conformidad, y para que conste a los efectos oportunos, las partes
firman el presente convenio.–La Presidenta de la Agencia Estatal de Administración
Digital, Clara Mapelli Marchena.–El Director General Adjunto de Servicios de
Intervención, Jaime Herrero García.
ANEXO I
Estimación de uso
Don Sergio Padilla Foubelo, como CDO y Responsable de la Oficina del Dato del
Banco de España, declara que para el periodo inicial de vigencia del convenio se estima
un volumen total de almacenamiento de 1 TB correspondiente a todos los servicios
objeto del mismo.
cve: BOE-A-2025-9189
Verificable en https://www.boe.es
Fdo.: Sergio Padilla Foubelo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 113
Sábado 10 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 61438
– Confidencialidad.
Toda la información facilitada por las partes y toda la información generada como
consecuencia de la ejecución del presente convenio tendrá el tratamiento de
confidencial, sin perjuicio de la información que sea de dominio público, no pudiendo ser
divulgada o facilitada a terceros, ni utilizada para un fin distinto del previsto en este
documento, sin el acuerdo unánime de las partes.
La obligación de confidencialidad para las partes, que estará supeditada a los
postulados de la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Buen Gobierno se extenderá indefinidamente, aunque el convenio
se hubiera extinguido. Todo ello sin perjuicio de la eventual autorización de las partes o,
en su caso, de que dicha información pasara a ser considerada como de dominio
público.
Se podrán dictar cuantos actos jurídicos sean necesarios, de forma adicional al
presente convenio, para dar cumplimiento a lo establecido en esta cláusula.
Duodécima.
Régimen jurídico.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Decimotercera.
Transparencia.
El presente convenio podrá ser puesto a disposición de los ciudadanos en el portal
de Transparencia, en aplicación de los dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la información pública y Buen Gobierno y
demás normativa de desarrollo de la misma.
En prueba de conformidad, y para que conste a los efectos oportunos, las partes
firman el presente convenio.–La Presidenta de la Agencia Estatal de Administración
Digital, Clara Mapelli Marchena.–El Director General Adjunto de Servicios de
Intervención, Jaime Herrero García.
ANEXO I
Estimación de uso
Don Sergio Padilla Foubelo, como CDO y Responsable de la Oficina del Dato del
Banco de España, declara que para el periodo inicial de vigencia del convenio se estima
un volumen total de almacenamiento de 1 TB correspondiente a todos los servicios
objeto del mismo.
cve: BOE-A-2025-9189
Verificable en https://www.boe.es
Fdo.: Sergio Padilla Foubelo.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X