Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-9134)
Resolución de 25 de abril de 2025, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Fundació de Música Ferrer-Salat, para el curso académico 2025-2026 de la III Edición del programa de «Becas JONDE y Ferrer-Salat».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 9 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 61142
Joven Orquesta Nacional de España, para que puedan dedicarse plenamente a su
desarrollo artístico, ampliar sus estudios musicales o desarrollar proyectos individuales
relevantes para su carrera musical.
Contenido de las bases:
1. En esta III Edición se concederán treinta (30) becas por un importe de ocho mil
euros (8.000,00 euros) brutos cada una.
2. Para ser beneficiario/a de las becas se requerirán los siguientes requisitos:
– Tener la nacionalidad española o en caso contrario disponer de permiso de
residencia en España en el momento de realizar la inscripción a la beca.
– Ser miembro de la Bolsa de Instrumentistas de la JONDE, que esté en vigor en el
año de la convocatoria de becas correspondiente.
– Haber participado al menos en dos Encuentros de la JONDE.
3. Para optar a la beca, los/as aspirantes deberán presentar un proyecto o propuesta
formativa relevante en el que se detalle el destino del importe de la beca, pudiendo tratarse
tanto de un proyecto a futuro, como de un proyecto en curso. El proyecto o propuesta
presentados deberá tener una extensión de entre 2.500 a 3.000 palabras.
4. Para la selección de los/as beneficiarios/as de las Becas JONDE y Ferrer-Salat,
la JONDE designará una Comisión de Selección que estará formada por al menos tres
miembros, entre los que deberán figurar el/la Director/a Artístico/a de la JONDE, o
persona en quien delegue, el/la Director/a Artístico/a de la Fundació Ferrer de Música,
quien ejercerá como Presidente/a de dicha Comisión, o persona en quien delegue, y al
menos un miembro del equipo técnico de la JONDE, a propuesta de la Dirección Artística
de la misma. Igualmente, tanto a propuesta de la Fundació Ferrer de Música como de la
JONDE, podrán ser invitadas a formar parte de la Comisión de Selección personalidades
musicales de reconocido prestigio.
5. Los/as adjudicatarios/as de las becas serán seleccionados/as de forma
cualitativa tras una valoración global de los siguientes criterios específicos que valorará
la Comisión de Selección:
– El cumplimiento de los requisitos señalados en el punto 2 de esta convocatoria.
– La posición en la Bolsa de Instrumentistas de la JONDE.
– El compromiso demostrado con la JONDE, medido éste tanto en el número de los
Encuentros a los que el músico haya acudido tras ser convocado, como en su
desempeño profesional y artístico, y su actitud personal a lo largo de los mismos.
– El interés y relevancia del proyecto presentado.
– El expediente académico de los estudios musicales.
6. La beca otorgada al/a la beneficiario/a tiene un marcado y esencial carácter
intuitu personae, es decir, en atención a la persona beneficiaria, no pudiendo, en ningún
caso, cederse o destinarse su importe en beneficio de terceros, debiendo ser destinado
el importe entregado, única y exclusivamente, a sufragar los gastos derivados del
proyecto presentado y aprobado.
7. Los/as beneficiarios/as de las becas deberán justificar el destino y aplicación al
desarrollo del proyecto del importe que pudieran recibir como adjudicatarios/as de la beca y
presentar la documentación acreditativa pertinente. Dicho importe deberá ser reintegrado
por el/la beneficiario/a a la Fundació en el caso de que éste/a no justifique debidamente el
destino último del mismo o no cumpla por cualquier motivo o causa no justificada con el
compromiso establecido con la JONDE. El plazo para efectuar dicha devolución a la
Fundació será de un mes natural desde que la Fundació le requiera a tal efecto.
8. Obligaciones y compromisos de los/las becados/as:
– Firmar el documento de conformidad con la aceptación de los términos de la
convocatoria y de las obligaciones adquiridas como becario/a.
cve: BOE-A-2025-9134
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 112
Viernes 9 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 61142
Joven Orquesta Nacional de España, para que puedan dedicarse plenamente a su
desarrollo artístico, ampliar sus estudios musicales o desarrollar proyectos individuales
relevantes para su carrera musical.
Contenido de las bases:
1. En esta III Edición se concederán treinta (30) becas por un importe de ocho mil
euros (8.000,00 euros) brutos cada una.
2. Para ser beneficiario/a de las becas se requerirán los siguientes requisitos:
– Tener la nacionalidad española o en caso contrario disponer de permiso de
residencia en España en el momento de realizar la inscripción a la beca.
– Ser miembro de la Bolsa de Instrumentistas de la JONDE, que esté en vigor en el
año de la convocatoria de becas correspondiente.
– Haber participado al menos en dos Encuentros de la JONDE.
3. Para optar a la beca, los/as aspirantes deberán presentar un proyecto o propuesta
formativa relevante en el que se detalle el destino del importe de la beca, pudiendo tratarse
tanto de un proyecto a futuro, como de un proyecto en curso. El proyecto o propuesta
presentados deberá tener una extensión de entre 2.500 a 3.000 palabras.
4. Para la selección de los/as beneficiarios/as de las Becas JONDE y Ferrer-Salat,
la JONDE designará una Comisión de Selección que estará formada por al menos tres
miembros, entre los que deberán figurar el/la Director/a Artístico/a de la JONDE, o
persona en quien delegue, el/la Director/a Artístico/a de la Fundació Ferrer de Música,
quien ejercerá como Presidente/a de dicha Comisión, o persona en quien delegue, y al
menos un miembro del equipo técnico de la JONDE, a propuesta de la Dirección Artística
de la misma. Igualmente, tanto a propuesta de la Fundació Ferrer de Música como de la
JONDE, podrán ser invitadas a formar parte de la Comisión de Selección personalidades
musicales de reconocido prestigio.
5. Los/as adjudicatarios/as de las becas serán seleccionados/as de forma
cualitativa tras una valoración global de los siguientes criterios específicos que valorará
la Comisión de Selección:
– El cumplimiento de los requisitos señalados en el punto 2 de esta convocatoria.
– La posición en la Bolsa de Instrumentistas de la JONDE.
– El compromiso demostrado con la JONDE, medido éste tanto en el número de los
Encuentros a los que el músico haya acudido tras ser convocado, como en su
desempeño profesional y artístico, y su actitud personal a lo largo de los mismos.
– El interés y relevancia del proyecto presentado.
– El expediente académico de los estudios musicales.
6. La beca otorgada al/a la beneficiario/a tiene un marcado y esencial carácter
intuitu personae, es decir, en atención a la persona beneficiaria, no pudiendo, en ningún
caso, cederse o destinarse su importe en beneficio de terceros, debiendo ser destinado
el importe entregado, única y exclusivamente, a sufragar los gastos derivados del
proyecto presentado y aprobado.
7. Los/as beneficiarios/as de las becas deberán justificar el destino y aplicación al
desarrollo del proyecto del importe que pudieran recibir como adjudicatarios/as de la beca y
presentar la documentación acreditativa pertinente. Dicho importe deberá ser reintegrado
por el/la beneficiario/a a la Fundació en el caso de que éste/a no justifique debidamente el
destino último del mismo o no cumpla por cualquier motivo o causa no justificada con el
compromiso establecido con la JONDE. El plazo para efectuar dicha devolución a la
Fundació será de un mes natural desde que la Fundació le requiera a tal efecto.
8. Obligaciones y compromisos de los/las becados/as:
– Firmar el documento de conformidad con la aceptación de los términos de la
convocatoria y de las obligaciones adquiridas como becario/a.
cve: BOE-A-2025-9134
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 112