Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-8954)
Resolución de 24 de abril de 2025, de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio con la Associació Valenciana de Meteorología, para la colaboración y establecimiento de intercambio de datos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109

Martes 6 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 60322

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
8954

Resolución de 24 de abril de 2025, de la Confederación Hidrográfica del
Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio con la Associació Valenciana
de Meteorología, para la colaboración y establecimiento de intercambio de
datos.

La Confederación Hidrográfica del Júcar y la Associació Valenciana de Meteorologia
han suscrito, con fecha 14 de abril de 2025, en la sede del Organismo en Valencia, el
convenio de referencia, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito
en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Valencia, 24 de abril de 2025.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del
Júcar, Miguel Polo Cebellán.
ANEXO
Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A. y la Associació
Valenciana de Meteorologia para la colaboración y establecimiento de intercambio
de datos

De una parte, el señor don Miguel Polo Cebellán que interviene en nombre y
representación de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., con NIF Q.46.17001-E,
de la que es Presidente, nombrado por el Secretario de Estado de Medioambiente (toma
de posesión del 2 de febrero de 2021), de acuerdo con las facultades que le confiere el
artículo 30 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley de Aguas, y en ejercicio de las competencias asignadas en los
artículos 23.2b y 25. 2 del citado texto refundido y que le confiere el artículo 48.2 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra parte, el señor don Adrián Revert Ferrero, que interviene en nombre y
representación de la Associació Valenciana de Meteorologia «JOSEP PEINADO»
(AVAMET), asociación que fue constituida e inscrita en el Registro Autonómico de
Asociaciones de la Comunitat Valenciana, Unidad Territorial de València, en la Sección
Primera, con el número CV-01-048104-V, el 10 de agosto de 2011, con NIF G-98374127
y sede en Buñol, en la Calle Cid n.º 53, 1.ª, puerta 5, 46360 (Valencia), de la que es
Presidente, nombrado por la Asamblea General Extraordinaria de AVAMET celebrada en
enero de 2025, de acuerdo con las facultades que le confiere el artículo 19 de los
Estatutos de AVAMET.
Ambas partes, en el ejercicio de sus respectivos cargos y en la representación que
ostentan, se reconocen recíprocamente capacidad y competencia para formalizar el
presente convenio y

cve: BOE-A-2025-8954
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REUNIDOS