Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Premios. (BOE-A-2025-8896)
Orden CLT/438/2025, de 14 de abril, por la que se convoca el Premio Nacional a la Mejor Traducción correspondiente a 2025.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108

Lunes 5 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 60146

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA
8896

Orden CLT/438/2025, de 14 de abril, por la que se convoca el Premio
Nacional a la Mejor Traducción correspondiente a 2025.

La Orden de 22 de junio de 1995, por la que se regulan los Premios Nacionales del
Ministerio de Cultura y se convocan los correspondientes al año 1995 establece, en su
apartado primero, la relación de los premios nacionales que se convocarán anualmente
por el Ministerio de Cultura, en distintas actividades culturales, entre los que se
encuentra el Premio Nacional a la Mejor Traducción.
Asimismo, establece la citada orden que los premios nacionales se otorgarán como
recompensa y reconocimiento a la meritoria labor de los galardonados en cada uno de
los ámbitos culturales, puesta de manifiesto a través de una obra o actuación hecha
pública o representada durante el año previo al de cada convocatoria.
Dentro de la Administración General del Estado, corresponde al Ministerio de Cultura
la promoción, protección y difusión del libro, la lectura y la creación literaria, según
establece el artículo 15.1 del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se
reestructuran los departamentos ministeriales.
En su virtud, al amparo de lo previsto en el artículo 61.o) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo:
Convocar el Premio Nacional a la Mejor Traducción, correspondiente al año 2025, de
conformidad con lo siguiente:

El Premio Nacional a la Mejor Traducción, correspondiente a 2025, tiene por objeto
distinguir la traducción de una obra literaria a cualquiera de las lenguas oficiales del
Estado español que, según el juicio de los especialistas, haya resultado sobresaliente
entre las publicadas por primera vez en el año 2024.
Al Premio Nacional a la Mejor Traducción optarán las obras literarias traducidas por
traductoras o traductores españoles, desde cualquier lengua a cualquiera de las lenguas
oficiales españolas, cuya primera edición se haya publicado en España entre el 1 enero
y el 31 de diciembre de 2024, y que haya cumplido los requisitos legales para su
difusión. Se considerará como fecha de publicación la que aparezca en el área de
mención de edición. En caso de no indicarse la fecha en el área de mención de edición,
se tendrá en cuenta la que figure en el número de Depósito Legal, en el copyright o en
otras fuentes del propio libro que acrediten de forma lógica el año efectivo de su
publicación.
Quedan excluidas, con carácter general, las antologías que constituyan una
selección de fragmentos de obras ya publicadas en forma de libro, sólo podrá
considerarse una obra inédita incluida en la antología.
Asimismo en el caso de las denominadas «obras completas» y las recopilaciones de
obras sólo podrá ser tenida en consideración una obra inédita incluida en las «obras
completas» o recopilaciones de obras.
También quedarán excluidas las obras colectivas en las que participen más de tres
autores o autoras.
No podrán ser susceptibles de ser galardonadas aquellas obras que hayan sido
creadas por inteligencia artificial generativa.

cve: BOE-A-2025-8896
Verificable en https://www.boe.es

Primero. Objeto y finalidad del premio.