Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2025-8719)
Orden APA/418/2025, de 21 de abril, por la que se definen las explotaciones asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación, el ámbito de aplicación, el periodo de garantía, el periodo de suscripción y el valor unitario de los animales en relación con el seguro de acuicultura marina comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105
Jueves 1 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 58888
Regímenes y peces
Densidad
Dorada, Corvina y
besugo.
En Hatchery y Nursery con
recirculación de agua.
Lubina.
De 0,1 a 1,5 gr.
15
De 1,6 a 10 gr.
30
De 11 a 15 gr.
40
De 16 a 30 gr.
50
De 0,1 a 1,5 gr.
10
De 1,6 a 10 gr.
20
De 11 a 15 gr.
25
16 a 30 gr.
30
(*) En el caso del besugo ésta será la mayor densidad admisible hasta el tamaño de sacrificio.
(**) En el caso del besugo ésta será la máxima densidad admisible.
ANEXO II
Valores límites máximos de los animales asegurados
Hatcheries y nurseries hasta 4,9 gramos
Peso del alevín Dorada y Corvina
–
–
Gramos
Euros/100 unidades
Lubina
–
Euros/100
unidades
Besugo
–
Euros/100
unidades
Lenguado y Rodaballo
–
Euros/100 unidades
De 0,1 a 1,4
24
21
100
–
De 1,5 a 4,9
45
26
162
–
De 0,1 a 4,9
–
–
–
81
Explotaciones de engorde. Peso igual o superior a 5,0 gramos
Adquisición del alevín (€/100
unidades).
45
55
Lubina
Lenguado y
Rodaballo
Besugo Seriola
33,95
101,85
172
300
Cría (engorde) a partir de 5 gr. hasta
500 gr. (€/100 Kg.).
360
405,46
477,24
630,50
1.100
800
Cría (engorde) a partir de 500 gr.
hasta 750 gr.(€/100 Kg.).
410
446,20
533,50
630,50
1.100
800
Cría (engorde) a partir de 750 gr.
hasta 1.000 gr.(€/100 Kg.).
410
446,20
733
630,50
1.100
800
Cría (engorde) a partir de 1.000 gr.
(€/100 Kg.).
410
446,20 1.000
630,50
1.100
800
Engorde de atún rojo
Especie Atún rojo
€/Kg.
20
cve: BOE-A-2025-8719
Verificable en https://www.boe.es
Dorada Corvina
Núm. 105
Jueves 1 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 58888
Regímenes y peces
Densidad
Dorada, Corvina y
besugo.
En Hatchery y Nursery con
recirculación de agua.
Lubina.
De 0,1 a 1,5 gr.
15
De 1,6 a 10 gr.
30
De 11 a 15 gr.
40
De 16 a 30 gr.
50
De 0,1 a 1,5 gr.
10
De 1,6 a 10 gr.
20
De 11 a 15 gr.
25
16 a 30 gr.
30
(*) En el caso del besugo ésta será la mayor densidad admisible hasta el tamaño de sacrificio.
(**) En el caso del besugo ésta será la máxima densidad admisible.
ANEXO II
Valores límites máximos de los animales asegurados
Hatcheries y nurseries hasta 4,9 gramos
Peso del alevín Dorada y Corvina
–
–
Gramos
Euros/100 unidades
Lubina
–
Euros/100
unidades
Besugo
–
Euros/100
unidades
Lenguado y Rodaballo
–
Euros/100 unidades
De 0,1 a 1,4
24
21
100
–
De 1,5 a 4,9
45
26
162
–
De 0,1 a 4,9
–
–
–
81
Explotaciones de engorde. Peso igual o superior a 5,0 gramos
Adquisición del alevín (€/100
unidades).
45
55
Lubina
Lenguado y
Rodaballo
Besugo Seriola
33,95
101,85
172
300
Cría (engorde) a partir de 5 gr. hasta
500 gr. (€/100 Kg.).
360
405,46
477,24
630,50
1.100
800
Cría (engorde) a partir de 500 gr.
hasta 750 gr.(€/100 Kg.).
410
446,20
533,50
630,50
1.100
800
Cría (engorde) a partir de 750 gr.
hasta 1.000 gr.(€/100 Kg.).
410
446,20
733
630,50
1.100
800
Cría (engorde) a partir de 1.000 gr.
(€/100 Kg.).
410
446,20 1.000
630,50
1.100
800
Engorde de atún rojo
Especie Atún rojo
€/Kg.
20
cve: BOE-A-2025-8719
Verificable en https://www.boe.es
Dorada Corvina