Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-8542)
Resolución de 22 de abril de 2025, de la Universidad Carlos III de Madrid, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 29 de abril de 2025

Sec. II.B. Pág. 57896

Universidad Carlos III de Madrid escrito dirigido a la Dirección de Servicios de Recursos
Humanos y Organización con los siguientes documentos:
a) DNI o NIE, así como original o copia compulsada del resto de la documentación
acreditativa de la nacionalidad en virtud de la base 2.1.a).
b) Copia compulsada u original de la titulación requerida en la base 2.1.c) o
certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas que le
capacitan para la obtención de la misma, acompañando el resguardo justificativo de
haber abonado los derechos para la expedición del correspondiente título. En el caso de
titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse copia y original de la
documentación que acredite su homologación o declaración de equivalencia.
En el caso de que el requisito de titulación haya sido sustituido por experiencia
profesional, se aportará: fotocopia y original del contrato de trabajo o certificación original
de empresa justificativa de la experiencia manifestada, así como certificación original de
cotizaciones a la Seguridad Social en la que consten, expresamente, los periodos y
grupos de tarifa. A los efectos de acreditar la experiencia por cuenta propia, se aportará
certificación de cotizaciones al correspondiente régimen especial de la Seguridad Social
en la que figure expresamente el periodo de cotización y certificación original del alta en
Actividades Económicas, se esté exento o no del pago, durante el periodo
correspondiente. En caso de imposibilidad de presentar dichos documentos,
debidamente justificada, se podrá acreditar mediante cualquier medio de prueba
admitido en derecho.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de las funciones públicas. Los aspirantes que no posean la nacionalidad
española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado español,
declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena
penal que impidan en su Estado el acceso a la Función Pública.
d) Original o copia compulsada de los documentos presentados para acreditar los
méritos de la fase de concurso, salvo los cursos realizados en la Universidad Carlos III
de Madrid y los certificados de servicios expedidos por esta Universidad.
e) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico
que imposibilite para el servicio.
9.2 Quienes ya tuvieran condición de personal funcionario de carrera o laboral fijo
de cualquiera de las Administraciones Públicas, estarán exentos de justificar los
requisitos que sirvieron de base para su anterior nombramiento o contrato, debiendo
presentar certificación del Servicio de Personal del Ministerio o Administración Pública de
la que dependan, justificativo de tal condición.
9.3 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen
la documentación, o de su examen se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base segunda, no podrán ser contratados al amparo de esta
convocatoria, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad
en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud de participación en las pruebas
selectivas.
10. Adjudicación de puestos y formalización de los contratos
10.1 La adjudicación de puestos de trabajo se efectuará de acuerdo con las
peticiones de los interesados entre los puestos ofrecidos a los mismos, según el orden
obtenido en el proceso selectivo.
10.2 Los contratos se formalizarán en el plazo máximo de tres meses desde la
publicación del listado definitivo de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo,
de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 del convenio colectivo de aplicación. En
ellos se establecerá el periodo de prueba legal y convencionalmente establecido.
Superado el periodo de prueba, el personal adquirirá la condición de personal laboral fijo.

cve: BOE-A-2025-8542
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Núm. 103