Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-8188)
Resolución de 9 de abril de 2025, de la Universidad de Murcia, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 23 de abril de 2025

Sec. II.B. Pág. 55467

propuesta motivada, y con carácter vinculante, en la que se relacionarán todos/as los/las
concursantes por orden de preferencia para su nombramiento, y sin que se pueda
exceder en la propuesta el número de plazas convocadas a concurso.
El concurso podrá concluir con la propuesta de la comisión de no proveer alguna o la
totalidad de las plazas convocadas.
Como criterio de desempate, en igualdad de condiciones de idoneidad, tendrán
preferencia para ser nombradas las personas del sexo menos representado entre los
miembros del departamento del cuerpo docente o categoría de que se trate.
Esta propuesta de adjudicación deberá ir acompañada de los informes de valoración
individualizada de las pruebas realizadas por cada uno de los/las concursantes, con
asignación de puntuación numérica global del concurso referida al baremo aplicado y la
indicación de aptitud o no aptitud para la plaza, sin que sea posible la abstención del
desempeño de la tarea evaluadora por los miembros de la comisión.
La propuesta de adjudicación se publicará en el TOUM, en la aplicación
«CONVOCUM PDI», y en el tablón de anuncios del lugar donde se hayan realizado las
pruebas del concurso.
Formulada la propuesta, el secretario de la comisión, en el plazo de tres días hábiles
siguientes al de finalización de las actuaciones, remitirá electrónicamente al Servicio
de PDI del Área de Recursos Humanos el expediente administrativo del concurso,
incluida la documentación aportada por los/las candidatos/as que no hayan subido a
«CONVOCUM PDI», que una vez finalizado el concurso y firme la resolución del mismo,
les podrá ser devuelta si así lo solicitan, salvo que se interponga recurso, en cuyo caso
el depósito continuará hasta que haya resolución firme.
La documentación que no haya sido subida a «CONVOCUM PDI» será conservada
un mínimo de tres meses desde que la resolución adquirió firmeza.
Transcurridos tres meses adicionales sin que los interesados/as hubiesen retirado
dicha documentación, la Universidad podrá disponer su destrucción.
Los/Las concursantes podrán acceder a los informes o valoraciones efectuadas por
los miembros de la comisión, y tendrán derecho a la expedición de las correspondientes
copias en formato electrónico, mediante solicitud dirigida a la Secretaría General de la
Universidad.
7.2 Contra la propuesta de provisión realizada por la comisión de selección, los/las
concursantes podrán presentar reclamación ante el rector o rectora en el plazo máximo
de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su publicación. Admitida a
trámite la reclamación, siempre que cumplan las formalidades y plazos previstos, se
suspenderán los nombramientos hasta su resolución.
La reclamación será valorada por la comisión de reclamaciones de la Universidad,
que estará compuesta según lo dispuesto en los Estatutos de la Universidad de Murcia.
La comisión de reclamaciones podrá solicitar un informe a los miembros de la
comisión de selección contra cuya propuesta se hubiera presentado la reclamación.
La comisión de reclamaciones examinará el expediente relativo al concurso para velar
por las garantías establecidas y ratificará o no la propuesta reclamada en el plazo
máximo de tres meses, tras lo que el rector o rectora dictará la resolución. El transcurso
del plazo establecido sin resolver se entenderá como rechazo de la reclamación
presentada.
Las propuestas de la comisión de reclamaciones serán vinculantes para el rector
o rectora, cuyas resoluciones ponen fin a la vía administrativa y frente a ellas podrá
interponerse recurso potestativo de reposición o bien ser recurridas directamente ante la
Jurisdicción competente.
En el caso de plazas de profesorado de los cuerpos docentes universitarios, se podrá
recurrir ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, de acuerdo con lo establecido
en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

cve: BOE-A-2025-8188
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Núm. 98