Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-8150)
Resolución de 9 de abril de 2025, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Daño Cerebral, para el proyecto «Plan de apoyo a la empleabilidad de las personas con DCA en entornos rurales».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97

Martes 22 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 55276

de Régimen Jurídico del Sector Público y de la Orden PRA/1267/2017 de 21 de
diciembre por el que se publica el acuerdo del consejo de ministro del 15 de diciembre
de 2017 por el que es aprueban las instrucciones para la tramitación de convenios.
Quinto.
Que la Federación Española de Daño Cerebral, es una entidad sin ánimo de lucro
declarada de Utilidad Pública constituida para defender y gestionar las demandas de las
personas y familias que viven con Daño Cerebral en el ejercicio de sus derechos de
ciudadanía y su plena inclusión en la comunidad.
Sexto.
Que el RPD y Federación Española de Daño Cerebral reconocen que la realización
de actividades conjuntas facilita la inclusión social de las personas con discapacidad y
actúa como medio de concienciar a la sociedad, lo que favorece que la inclusión social
de estas personas sea real y efectiva.
Este convenio es uno de los definidos en el art. 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y se encuentra, por consiguiente,
sometido al régimen jurídico que dicha norma establece para los convenios.
Por todo lo expuesto, ambas partes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 47.1
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público acuerdan
suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El presente convenio tiene por objeto la colaboración entre el RPD y Federación
Española de Daño Cerebral para la realización del Proyecto Plan de Apoyo a la
empleabilidad de las personas con DCA en entornos rurales, se realizará a nivel estatal
(entornos rurales) a lo largo del año 2025, cuyo desarrollo contribuirá a dar cumplimiento
al estatuto del RPD y a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas
con Discapacidad. La descripción, objetivos y alcance del proyecto se detallan en el
anexo I.
Segunda.

Compromisos del RPD.

– La comunicación y difusión del resultado del proyecto, en los soportes, redes
sociales y medios de comunicación en los que el RPD tenga presencia.
– La elaboración por ambas partes de una nota de prensa con detalle de los trabajos
realizados antes, durante y después del desarrollo de la actividad conveniada.
– El RPD podrá publicar la nota en los medios de comunicación que considere
oportunos para el cumplimiento de sus fines de difusión.
– Coorganización de una Jornada o evento sobre el contenido del proyecto.
– Una aportación económica de catorce mil euros (14.000€), con cargo a la
aplicación 29.102.231F.226.06 del presupuesto de gastos del organismo para el
año 2025, y destinada a cofinanciar las actividades objeto de este convenio, conforme
figura en el Anexo I.
En cumplimiento del apartado 3 del artículo 21 de la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre, General Presupuestaria, el abono de la aportación económica total del RPD
de catorce mil euros (14.000 €), se efectuará una vez justificadas las actividades

cve: BOE-A-2025-8150
Verificable en https://www.boe.es

El RPD aportará: