Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-8130)
Resolución de 11 de abril de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Gáldar, en materia de seguridad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97
Martes 22 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 55145
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
8130
Resolución de 11 de abril de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el
Ayuntamiento de Gáldar, en materia de seguridad.
Habiéndose suscrito el 9 de abril de 2025 el Convenio entre la Secretaría de Estado
de Seguridad (Dirección General de la Guardia Civil) y el Ayuntamiento de Gáldar en
materia de seguridad, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 11 de abril de 2025.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General
de la Guardia Civil) y el Ayuntamiento de Gáldar (Las Palmas)
en materia de seguridad
En Madrid a 9 de abril de 2025.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad, cargo para
el que fue nombrado por el Real Decreto 84/2020, de 17 de enero, en uso de las
atribuciones que le confiere el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Y, de otra parte, don Teodoro Claret Sosa Monzón, Alcalde del Ayuntamiento de
Gáldar (Las Palmas) (en adelante, el Ayuntamiento), cargo que ostenta por Acuerdo del
Pleno de fecha 17 de junio de 2023, actuando en nombre y representación del mismo en
virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 21.a y b de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente
convenio en la calle Capitán Quesada núm. 29, sito en la localidad de Gáldar, provincia
de Las Palmas.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Secretaría de Estado de Seguridad.
Por otro lado, a la persona titular de la Secretaría de Estado de Seguridad, según el
artículo 2.1 del Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla su
cve: BOE-A-2025-8130
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Primero.
Núm. 97
Martes 22 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 55145
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
8130
Resolución de 11 de abril de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el
Ayuntamiento de Gáldar, en materia de seguridad.
Habiéndose suscrito el 9 de abril de 2025 el Convenio entre la Secretaría de Estado
de Seguridad (Dirección General de la Guardia Civil) y el Ayuntamiento de Gáldar en
materia de seguridad, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 11 de abril de 2025.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General
de la Guardia Civil) y el Ayuntamiento de Gáldar (Las Palmas)
en materia de seguridad
En Madrid a 9 de abril de 2025.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad, cargo para
el que fue nombrado por el Real Decreto 84/2020, de 17 de enero, en uso de las
atribuciones que le confiere el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Y, de otra parte, don Teodoro Claret Sosa Monzón, Alcalde del Ayuntamiento de
Gáldar (Las Palmas) (en adelante, el Ayuntamiento), cargo que ostenta por Acuerdo del
Pleno de fecha 17 de junio de 2023, actuando en nombre y representación del mismo en
virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 21.a y b de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente
convenio en la calle Capitán Quesada núm. 29, sito en la localidad de Gáldar, provincia
de Las Palmas.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Secretaría de Estado de Seguridad.
Por otro lado, a la persona titular de la Secretaría de Estado de Seguridad, según el
artículo 2.1 del Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla su
cve: BOE-A-2025-8130
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Primero.