Ministerio de Trabajo y Economía Social. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2025-8119)
Resolución de 10 de abril de 2025, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación, en las Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97

Martes 22 de abril de 2025

Sec. II.B. Pág. 55115

Tercera. Criterios para la asignación de los puestos.
En la elaboración de las propuestas de nombramiento para la cobertura de los
puestos de esta convocatoria se tendrán en cuenta, entre otros, los siguientes méritos
objetivos de las personas admitidas:
a) Servicios prestados y naturaleza y nivel de los puestos o cargos desempeñados.
b) Formación y experiencia acreditada en las materias de empleo, relaciones
laborales, Seguridad Social y migraciones.
c) Idoneidad y preparación técnica y profesional acreditadas para el adecuado
desempeño del puesto en relación con las características específicas previstas en el
anexo I.
d) El conocimiento de los idiomas de utilidad en el área de influencia de las
Consejerías.
Cuarta.

Documentación a aportar.

Las personas interesadas deberán adjuntar a la solicitud su curriculum vitae, en el
que consten:
a) Títulos académicos.
b) Puestos de trabajo desempeñados.
c) Estudios y cursos realizados.
d) Conocimiento de idiomas.
e) Cuantos otros méritos estimen oportuno poner de manifiesto.
Los méritos deberán estar debidamente acreditados, debiéndose adjuntar la
certificación de los mismos a la solicitud.
Quinta.

Permanencia.

El periodo de permanencia en los puestos de trabajo convocados será el establecido
en el artículo 14.3 del Real Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre.
Sexta.

Plazo para la interposición de recurso.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1
Segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso
administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de
acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

cve: BOE-A-2025-8119
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 10 de abril de 2025.–El Subsecretario de Trabajo y Economía Social, P. D.
(Orden TES/1217/2021, de 29 de octubre), la Subdirectora General de Recursos
Humanos e Inspección de Servicios, Soledad López Larrío.