Ministerio Del Interior. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos. (BOE-A-2025-8063)
Resolución de 6 de abril de 2025, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso general, convocado por Resolución de 8 de diciembre de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 96
Lunes 21 de abril de 2025
Sec. II.A. Pág. 54792
mismos preceptos serán de aplicación en los casos de prórroga en el cese y/o
incorporación al nuevo destino.
Cuarto.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, sede del órgano autor del acto, o ante la Sala del
Tribunal de Justicia en cuya circunscripción tenga el recurrente su domicilio, a su
elección, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i), 14.2 y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o,
potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo
de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2025-8063
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 6 de abril de 2025.–La Subsecretaria del Interior, Susana Crisóstomo Sanz.
Núm. 96
Lunes 21 de abril de 2025
Sec. II.A. Pág. 54792
mismos preceptos serán de aplicación en los casos de prórroga en el cese y/o
incorporación al nuevo destino.
Cuarto.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, sede del órgano autor del acto, o ante la Sala del
Tribunal de Justicia en cuya circunscripción tenga el recurrente su domicilio, a su
elección, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i), 14.2 y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o,
potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo
de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2025-8063
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Madrid, 6 de abril de 2025.–La Subsecretaria del Interior, Susana Crisóstomo Sanz.