Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2025-8101)
Resolución de 11 de abril de 2025, del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Universitat Autònoma de Barcelona, para la colaboración en estudios de grado/postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 21 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 55050

Las actividades del estudiante se desarrollarán en el domicilio de la entidad
colaboradora, sito en (seleccione lo que proceda):
CIEMAT - Avenida Complutense, 40 - 28040 Madrid.
CEDER - Autovía A15, salida 56 - 42290 Lubia, Soria.
PSA - Carretera de Senes, s/n - 04200 Tabernas, Almería.
CIEDA - Plaza Bernardo Robles, 9 - 42002 Soria.
CETA - Calle Sola, 1, - 10200 Trujillo, Cáceres.
CIEMAT - CEDEX - Calle Julián Camarillo, 30 - 28037 Madrid.

Indicar si además están previstas actividades en otros lugares diferentes al domicilio
de la entidad colaboradora: localización.
El estudiante se compromete a respetar la normativa del Centro y a aprovechar al
máximo las posibilidades de las tareas de prácticas que se le ofrecen. Asimismo,
mantendrá absoluta reserva y confidencialidad sobre los acontecimientos y documentos
que resulten del trabajo realizado con motivo de su incorporación al programa formativo
y de cualquier otra información, oral o escrita, de la que pueda tener conocimiento, esté
incluida o no en el Programa.
Los resultados científicos y posibles invenciones que sean obtenidos como
consecuencia de la actividad desarrollada por el estudiante dentro del programa de
prácticas, serán de propiedad exclusiva del CIEMAT, sin perjuicio del reconocimiento de
los derechos de propiedad intelectual que pudieran corresponderle como autor o
inventor.
En el supuesto de causar baja antes de completar el programa formativo y de las
prácticas a él correspondientes, el estudiante se compromete a comunicar a la
Universidad dicha baja en el plazo de siete días contados a partir de la fecha en que
aquélla se produzca.
Al término de las actividades el estudiante realizará una memoria en base a la cual el
Tutor Académico y el Tutor Profesional realizarán una evaluación.
Las partes se consultarán inmediatamente para la solución de las dificultades que
pudieran sufrir en la aplicación del presente anexo.
Madrid, ...... de ……………….. de 202...

Por la Universidad ..................

Por CIEMAT

Fdo.: .....................

Fdo.: .....................

Responsable de prácticas académicas externas Jefe División de Gestión del Conocimiento
Conforme el estudiante
Fdo.: el estudiante

cve: BOE-A-2025-8101
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 96