Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2025-7893)
Resolución de 11 de abril de 2025, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 94
Viernes 18 de abril de 2025
Sec. II.B. Pág. 54222
c) Conocimiento de idiomas.
d) Competencias digitales.
e) Cuantos otros méritos estime el aspirante poner de manifiesto.
Los méritos deberán estar debidamente acreditados, debiéndose adjuntar la
certificación de los mismos a la solicitud.
Cuarta.
La permanencia en los puestos ubicados en el exterior tendrá una duración máxima
improrrogable de cinco años.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse, potestativamente, recurso administrativo de reposición en el plazo de un
mes ante el mismo órgano que lo dictó (arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o
bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del
día siguiente al de su publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia que corresponda, con arreglo a lo dispuesto en los
artículos 10.1 i) y 14.1 segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2025-7893
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 11 de abril de 2025.–El Subsecretario de Asuntos Exteriores, Unión Europea
y Cooperación, Xavier Martí Martí.
Núm. 94
Viernes 18 de abril de 2025
Sec. II.B. Pág. 54222
c) Conocimiento de idiomas.
d) Competencias digitales.
e) Cuantos otros méritos estime el aspirante poner de manifiesto.
Los méritos deberán estar debidamente acreditados, debiéndose adjuntar la
certificación de los mismos a la solicitud.
Cuarta.
La permanencia en los puestos ubicados en el exterior tendrá una duración máxima
improrrogable de cinco años.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse, potestativamente, recurso administrativo de reposición en el plazo de un
mes ante el mismo órgano que lo dictó (arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o
bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del
día siguiente al de su publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia que corresponda, con arreglo a lo dispuesto en los
artículos 10.1 i) y 14.1 segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2025-7893
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 11 de abril de 2025.–El Subsecretario de Asuntos Exteriores, Unión Europea
y Cooperación, Xavier Martí Martí.