Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2025-7740)
Resolución de 9 de abril de 2025, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Zaragoza, para articular las relaciones derivadas de la selección e incorporación de estudiantes en prácticas, en el marco del procedimiento convocado por Resolución de 20 de enero de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 16 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 53244

MANIFIESTAN
1. La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI (en adelante, la
AIReF) es una Autoridad Administrativa Independiente creada por la Ley
Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre, que tiene por misión velar por el cumplimiento
–por las Administraciones Públicas– del principio de estabilidad presupuestaria previsto
en el artículo 135 de la Constitución Española, mediante la evaluación del ciclo
presupuestario, del endeudamiento público y el análisis de las previsiones económicas,
como vía para asegurar el crecimiento económico y el bienestar de la sociedad española
a medio y largo plazo.
2. Para ello, los instrumentos clave con los que cuenta legalmente la AIReF son los
Informes, Opiniones y Estudios, que se realizan de manera periódica por un equipo
profesional de dilatada experiencia.
3. Para la ejecución de sus trabajos, la AIReF considera necesario fomentar la
formación y la investigación en los campos propios de su actividad, por lo que desea
involucrar a estudiantes en el día a día de la institución, mediante la concesión de becas
a través de Universidades y/o centros académicos oficiales de postgrado.
4. En concreto, el artículo 38 del Real Decreto 215/2014, de 28 de marzo, por el
que se aprueba el Estatuto Orgánico de la AIReF dispone que esta institución podrá
contar con un programa propio de becas.
5. Por su parte, la Universidad de Zaragoza es una entidad de Derecho Público al
servicio de la sociedad que tiene, entre otras, las funciones de creación, mantenimiento y
crítica del saber mediante las actividades docente e investigadora en la ciencia, la
cultura, la técnica y las artes, así como la transmisión de conocimientos, formación y
preparación necesarios en el nivel superior de la educación. Entre sus fines se
encuentran la promoción de la aplicación del conocimiento al progreso y al bienestar de
la sociedad y sus ciudadanos, especialmente de Aragón, y la promoción del desarrollo
integral de la persona. Para el cumplimiento de sus fines, desarrolla actividades de
investigación, desarrollo científico y tecnológico, transferencia de conocimiento y
proyección social y cultural, estando interesada en colaborar con los sectores
socioeconómicos para asegurar cada uno de estos objetivos o fines.
6. Por Resolución de 9 de enero de 2025, de la Presidencia de la AIReF (BOE
de 17 de enero de 2025), se aprobaron las bases para la concesión de ayudas en
régimen de concurrencia competitiva a universidades y otros centros académicos para el
fomento de la formación y la investigación en el ámbito del análisis económico y
presupuestario para la estabilidad y sostenibilidad fiscal.
7. Por Resolución de 20 de enero de 2025, de la Presidencia de la AIReF, se
convocaron las ayudas para los años 2025 y 2026.
8. Tras la correspondiente tramitación, por Resolución de 26 de marzo de 2025, de
la Presidencia de la AIReF, se resolvió el procedimiento de concurrencia competitiva,
siendo la Universidad de Zaragoza una de las entidades beneficiarias de las ayudas.
9. De acuerdo con el apartado 8 de la convocatoria, la AIReF suscribirá con cada
entidad beneficiaria un convenio para articular el procedimiento de selección de los alumnos
de cada una de las promociones para el disfrute de la beca, las condiciones de los programas
de becas, la forma de abono de la ayuda y de justificación de la misma, la obligación de la
Universidad o centro académico de hacer, una vez finalizada la beca, un seguimiento de la
actividad profesional, docente y científica de cada uno de los becarios, a los efectos previstos
en la Memoria explicativa del artículo 12.2 del Reglamento General de Subvenciones.
10. El desarrollo de las prácticas estará sujeto al régimen que se establece en el
presente convenio. Los detalles concretos de la incorporación de los alumnos en
prácticas, indicando duración, importe mensual de las ayudas, programa y proyecto
formativo, se recogerán en los anexos, que se incorporarán al convenio.

cve: BOE-A-2025-7740
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 92