Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Servicios portuarios. (BOE-A-2025-7758)
Resolución de 27 de febrero de 2025, de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, por la que se publica el Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de recepción de desechos generados por buques y residuos de carga en los puertos dependientes de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 16 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 53405

debidamente inscrito en el Registro Mercantil, acompañado del correspondiente
certificado de su vigencia, y el documento nacional de identidad o, en el supuesto de
ciudadanos extranjeros, el documento equivalente.
3. Designación de un representante, con facultades suficientes y con oficina en
Algeciras, a los efectos de establecer una comunicación regular con la Autoridad
Portuaria.
4. Declaración de la composición accionarial o de participaciones en el momento de
la solicitud. Cualquier cambio producido durante el procedimiento de tramitación de la
licencia deberá ser puesto inmediatamente en conocimiento de la Autoridad Portuaria, de
manera que quede constancia de la citada composición accionarial o de participaciones
en la fecha de otorgamiento de la licencia.
5. Sendas certificaciones acreditativas del cumplimiento de las obligaciones de
carácter fiscal y laboral por la Administración Tributaria y de la Seguridad Social.
6. Declaración responsable del cumplimiento de lo exigido en el artículo 121 del
TRLPEMM sobre incompatibilidades y de no estar incurso en las causas establecidas en
los artículos 71, 72 y 73 de la subsección referida a las prohibiciones de contratar de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
7. Declaración responsable de honorabilidad conforme al modelo adjunto en el
anexo V.
8. Declaración responsable de cumplir y mantener a lo largo de la vigencia de la
licencia, los requisitos y condiciones exigidas en el Texto Refundido de la Ley de Puertos
del Estado y de la Marina Mercante, el PPP y en la propia licencia.
9. Declaración responsable de disponer, y mantener a lo largo de la vigencia de la
licencia, de los permisos, autorizaciones y licencias legalmente exigibles para el ejercicio
de la actividad, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de
residuos y suelos contaminados para una economía circular, o en las normas que, en su
desarrollo, dicte la administración competente, para cada tipo de residuo correspondiente
a cada anexo del convenio MARPOL, tales como:
– Autorización de Gestor de Desechos Urbanos.
– Autorización de Gestor de Desechos Peligrosos.
– Autorización de Gestor de Desechos SANDACH.
Según el tipo de desechos y/o residuos para los que se solicite licencia.
10. Acreditación documental del compromiso de aceptación o contrato con el gestor
a quien se ha previsto entregar dichos desechos para su tratamiento o eliminación, junto
con la/s autorización/es obtenida/s por éste del órgano medioambiental correspondiente
de la Comunidad Autónoma donde radique la instalación de almacenamiento o
tratamiento donde se van a entregar de entre las señaladas en el punto anterior.
11. Certificado de aptitud de medios flotantes de instalaciones receptoras
portuarias, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 128/2022, de 15 de febrero,
sobre instalaciones portuarias receptoras de desechos de buques.
12. Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales
españoles de cualquier orden para todas las incidencias que, de modo directo o
indirecto, pudieran surgir de la licencia concedida, con renuncia, en su caso, al fuero
jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al solicitante. Los solicitantes
españoles no deberán presentar tal declaración.
13. En el caso de los solicitantes de licencias restringidas al ámbito geográfico de
una estación marítima de pasajeros o terminal de mercancías dedicadas a uso particular
sin ser el titular de la concesión o autorización, copia del contrato suscrito entre dicho
titular y el solicitante de licencia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 116.3 del
TRLPEMM.

cve: BOE-A-2025-7758
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Núm. 92