Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2025-7769)
Resolución de 10 de abril de 2025, de la Dirección General de Políticas contra la Despoblación, por la que se publica el Convenio con la Universidad Internacional de Andalucía, para la realización del Programa Campus Rural de prácticas universitarias en el medio rural.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92

Miércoles 16 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 53698

Séptima. Participantes.
1. Las prácticas ofertadas podrán ser solicitadas por cualquier estudiante
matriculado en cualquier grado o máster oficial de la Universidad. También podrán
participar, si así lo establece la Universidad, los estudiantes matriculados en cualquier
enseñanza impartida en la Universidad o por los Centros adscritos a la misma, así como
los estudiantes de otras Universidades españolas o extranjeras que, en virtud de
programas de movilidad académica o de convenios establecidos entre las mismas, se
encuentren cursando estudios en la Universidad o en los Centros adscritos a la misma.
La Universidad revisará que el solicitante de prácticas cumple los requisitos
adecuados. La Universidad podrá detallar normativa específica, requisitos o condiciones
adicionales para la selección de los participantes, que sean suplementarios a los
previstos en este convenio, pero sin contravenirlos.
2. La Universidad establecerá qué estudiantes se integrarán en el programa
Campus Rural cada año. La asignación de plazas se llevará a cabo de acuerdo con el
baremo establecido por la Universidad, teniendo en cuenta los criterios generales
marcados en la Guía del programa Campus Rural. Los estudiantes que no hubieran sido
seleccionados pasarán a integrar una lista de reserva.
3. Todos los estudiantes acreditarán mediante declaración responsable, su
residencia efectiva en el mismo municipio donde desarrollen las prácticas. En casos
especiales, la Universidad podrá acordar excepciones a este requisito, cuando existan
causas objetivas que así lo justifiquen (ausencia de solución habitacional adecuada u
otros motivos).
Octava.

Duración de las prácticas.

Las prácticas tendrán una duración mínima de dos meses y máxima de tres meses
para cada persona participante, considerando como fecha límite de finalización el 14 de
noviembre del ejercicio.
Aquellas prácticas que, una vez comenzada la estancia y de manera sobrevenida,
tengan una duración inferior a los dos meses, serán analizadas por la comisión de
seguimiento definida en la cláusula decimotercera para su valoración y toma de
decisiones. Los criterios orientativos para la toma de decisiones por parte de la Comisión
de Seguimiento se desarrollarán en la Guía del Programa de Campus Rural.
Novena.

Financiación.

El Ministerio y la Universidad acuerdan la financiación, con cargo al programa
Campus Rural, de un máximo de 12 meses de prácticas.
El coste total de las actuaciones financiadas se desglosa en la siguiente tabla,
siempre sujeto a la disponibilidad presupuestaria vigente:
Cálculo del coste máximo del programa
Cuantía

Meses

Bolsa de ayudas al alumnado.

1.000 euros/mes

12

Coste máximo de seguridad Social.

82,15 euros/mes

12

250 euros/mes

12

Costes de gestión.
Total anualidad 2025.

Coste total

Euros

12.000
985,80
3.000
15.985,80

El Ministerio se compromete a aportar un 90 % del presupuesto total indicado en la
tabla anterior. La Universidad se compromete a aportar el 10 % restante del presupuesto

cve: BOE-A-2025-7769
Verificable en https://www.boe.es

Concepto