Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Indultos. (BOE-A-2025-7737)
Real Decreto 338/2025, de 15 de abril, por el que se indulta a don Fernando Millán Moreno.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92
Miércoles 16 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 53234
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
7737
Real Decreto 338/2025, de 15 de abril, por el que se indulta a don Fernando
Millán Moreno.
Visto el expediente de indulto de don Fernando Millán Moreno, condenado por el
Juzgado de lo Penal número 1 de Jaén, en sentencia de 8 de julio de 2020, como autor
de un delito de receptación a la pena de seis meses de prisión con la accesoria de
inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo
de la condena, por hechos cometidos en el año 2018, en el que se han considerado los
informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a
las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado
expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y previa deliberación del Consejo de
Ministros en su reunión del día 15 de abril de 2025,
Vengo en indultar a don Fernando Millán Moreno la pena privativa de libertad
pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el
plazo de un año desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 15 de abril de 2025.
FELIPE R.
El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,
cve: BOE-A-2025-7737
Verificable en https://www.boe.es
FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 92
Miércoles 16 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 53234
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
7737
Real Decreto 338/2025, de 15 de abril, por el que se indulta a don Fernando
Millán Moreno.
Visto el expediente de indulto de don Fernando Millán Moreno, condenado por el
Juzgado de lo Penal número 1 de Jaén, en sentencia de 8 de julio de 2020, como autor
de un delito de receptación a la pena de seis meses de prisión con la accesoria de
inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo
de la condena, por hechos cometidos en el año 2018, en el que se han considerado los
informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a
las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado
expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y previa deliberación del Consejo de
Ministros en su reunión del día 15 de abril de 2025,
Vengo en indultar a don Fernando Millán Moreno la pena privativa de libertad
pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el
plazo de un año desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 15 de abril de 2025.
FELIPE R.
El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,
cve: BOE-A-2025-7737
Verificable en https://www.boe.es
FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA
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