Comunidad Autónoma de Cataluña. I. Disposiciones generales. Circulación. Medidas especiales. (BOE-A-2025-7591)
Resolución ISP/1218/2025, de 1 de abril, de modificación de la Resolución ISP/430/2025, de 11 de febrero, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2025
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91
Martes 15 de abril de 2025
Sec. I. Pág. 52556
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
7591
Resolución ISP/1218/2025, de 1 de abril, de modificación de la Resolución
ISP/430/2025, de 11 de febrero, por la que se establecen las restricciones a
la circulación durante el año 2025
El Servicio Catalán de Tráfico, organismo autónomo de carácter administrativo
creado por la Ley 14/1997, de 24 de diciembre, y adscrito al Departamento de Interior
y Seguridad Pública, de acuerdo con lo que dispone el artículo 1 del Decreto 12/2023,
de 24 de enero, de reestructuración del Departamento de Interior (actualmente,
Departamento de Interior y Seguridad Pública), tiene atribuidas, junto con otros órganos
del Departamento, las funciones de gestión y control del tráfico en las vías interurbanas y
en las travesías, así como la adopción de las disposiciones necesarias para garantizar la
seguridad vial, la movilidad y la fluidez del tráfico en toda la red viaria.
Mediante la Resolución ISP/430/2025, de 11 de febrero, por la que se establecen las
restricciones a la circulación durante el año 2025 (DOGC núm. 9352, de 17 de febrero
de 2025), se determinaron las restricciones a la circulación durante el año 2025.
Dado que se ha detectado una incongruencia en las versiones catalana y castellana
de la mencionada resolución, es necesario modificarla.
Por todo ello, de acuerdo con lo que establece el artículo 2 de la Ley 14/1997, de 24
de diciembre, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 4.c) de
la Resolución INT/741/2011, de 17 de marzo, de delegación de competencias del
consejero de Interior en varios órganos del Departamento, resuelvo:
1. Se modifica el párrafo final de la segunda tabla que consta en el anexo A de
la Resolución ISP/430/2025, de 11 de febrero, en el sentido de prever las restricciones
para conjuntos euromodulares de hasta 60 toneladas, que queda redactado de la
siguiente manera:
«Restricciones: M de 10 a 14 horas, T de 17 a 22 horas y D de 10 a 22 horas.
Sentidos: B, hacia Barcelona; L hacia Lleida; * C-35 del PK 28 al PK 32 dos
sentidos; ** del PK 84,5 al PK 210; *** AP-7 del PK 84 al PK 149 dos sentidos de 9
a 17 horas; **** Restricciones D, para conjuntos euromodulares de hasta 60
toneladas».
2.
Esta resolución produce efectos a los ocho días de su publicación en el DOGC.
cve: BOE-A-2025-7591
Verificable en https://www.boe.es
Barcelona, 1 de abril de 2025.–La Consejera de Interior y Seguridad Pública, P. D.
(Resolución INT/741/2011, de 17 de marzo), el Director del Servicio Catalán de Tráfico,
Ramon Lamiel Villaró.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 91
Martes 15 de abril de 2025
Sec. I. Pág. 52556
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
7591
Resolución ISP/1218/2025, de 1 de abril, de modificación de la Resolución
ISP/430/2025, de 11 de febrero, por la que se establecen las restricciones a
la circulación durante el año 2025
El Servicio Catalán de Tráfico, organismo autónomo de carácter administrativo
creado por la Ley 14/1997, de 24 de diciembre, y adscrito al Departamento de Interior
y Seguridad Pública, de acuerdo con lo que dispone el artículo 1 del Decreto 12/2023,
de 24 de enero, de reestructuración del Departamento de Interior (actualmente,
Departamento de Interior y Seguridad Pública), tiene atribuidas, junto con otros órganos
del Departamento, las funciones de gestión y control del tráfico en las vías interurbanas y
en las travesías, así como la adopción de las disposiciones necesarias para garantizar la
seguridad vial, la movilidad y la fluidez del tráfico en toda la red viaria.
Mediante la Resolución ISP/430/2025, de 11 de febrero, por la que se establecen las
restricciones a la circulación durante el año 2025 (DOGC núm. 9352, de 17 de febrero
de 2025), se determinaron las restricciones a la circulación durante el año 2025.
Dado que se ha detectado una incongruencia en las versiones catalana y castellana
de la mencionada resolución, es necesario modificarla.
Por todo ello, de acuerdo con lo que establece el artículo 2 de la Ley 14/1997, de 24
de diciembre, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 4.c) de
la Resolución INT/741/2011, de 17 de marzo, de delegación de competencias del
consejero de Interior en varios órganos del Departamento, resuelvo:
1. Se modifica el párrafo final de la segunda tabla que consta en el anexo A de
la Resolución ISP/430/2025, de 11 de febrero, en el sentido de prever las restricciones
para conjuntos euromodulares de hasta 60 toneladas, que queda redactado de la
siguiente manera:
«Restricciones: M de 10 a 14 horas, T de 17 a 22 horas y D de 10 a 22 horas.
Sentidos: B, hacia Barcelona; L hacia Lleida; * C-35 del PK 28 al PK 32 dos
sentidos; ** del PK 84,5 al PK 210; *** AP-7 del PK 84 al PK 149 dos sentidos de 9
a 17 horas; **** Restricciones D, para conjuntos euromodulares de hasta 60
toneladas».
2.
Esta resolución produce efectos a los ocho días de su publicación en el DOGC.
cve: BOE-A-2025-7591
Verificable en https://www.boe.es
Barcelona, 1 de abril de 2025.–La Consejera de Interior y Seguridad Pública, P. D.
(Resolución INT/741/2011, de 17 de marzo), el Director del Servicio Catalán de Tráfico,
Ramon Lamiel Villaró.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X