Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-7624)
Resolución de 7 de abril de 2025, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91
Martes 15 de abril de 2025
Sec. II.B. Pág. 52636
c) Las personas con diversidad funcional igual o superior al 33 %. Para ello
seleccionarán en el apartado de Exenciones «Diversidad Funcional» de la solicitud.
d) Las personas que estén en situación de exclusión social y esta se acredite por el
órgano competente en materia de bienestar social del ayuntamiento de residencia. Para
ello seleccionarán en el apartado de Exenciones «Otros» de la solicitud.
3.10
Bonificaciones.
3.10.1 Los miembros de una familia numerosa de categoría general o de una
familia monoparental de categoría general, disfrutarán de una bonificación del 50 % del
importe total de la tasa. Para ello seleccionarán en el apartado de Exenciones «Familia
Numerosa General» de la solicitud.
3.11 En ningún caso el pago realizado del recibo emitido, en las oficinas bancarias
correspondientes a que se hace referencia, supondrá la sustitución del trámite de
presentación en tiempo y forma de la solicitud.
3.12 No procederá la devolución de las tasas por derechos de examen si el pago
indebido de estas es por causas imputables exclusivamente a la persona candidata.
3.13 A cada solicitud deberá acompañarse, incorporándolos en un fichero digital
para incluir en cada uno de los apartados existentes en la aplicación, la siguiente
documentación:
a) Titulación académica y acreditación. [Bases 2.1.c) y 2.2.a)].
b) Hoja de servicios en caso de ostentar la condición de personal funcionario de
otras Universidades u Organismos Públicos. (Base 2.3).
c) Certificado I3 en el marco de programas de excelencia investigadora o el
certificado R3, como investigador/a establecido/a. [Base 2.2.b)].
Los documentos en idioma diferente al castellano/valenciano deberán aportarse
acompañados de su traducción por intérprete jurado a una de dichas lenguas.
Admisión de aspirantes
4.1 En el plazo máximo de veinte días hábiles desde la finalización del plazo de
presentación de solicitudes se aprobará, mediante resolución del Rector de la Universitat
Politècnica de València, la lista provisional de las personas candidatas admitidas y
excluidas, con indicación de las causas de exclusión y se publicará en la página Web de
la Vicegerencia de Recursos Humanos y Estructura Organizativa/Personal Docente e
Investigador (https://www.upv.es/entidades/SRH/pdi/579824normalc.html).
4.2 Contra esta lista provisional las personas interesadas podrán presentar
reclamación ante el rector en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente al
de su publicación.
4.3 Finalizado el plazo de reclamaciones el rector, en un plazo máximo de diez días
hábiles, publicará en los medios establecidos anteriormente, una resolución en que se
apruebe la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, con indicación de las
causas de exclusión. Contra esta resolución se podrá interponer recurso de reposición
ante el rector en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 y
siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
5.
5.1
Comisiones de selección
Composición.
a) Los concursos de acceso serán juzgados por comisiones, cuya composición
deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros,
cve: BOE-A-2025-7624
Verificable en https://www.boe.es
4.
Núm. 91
Martes 15 de abril de 2025
Sec. II.B. Pág. 52636
c) Las personas con diversidad funcional igual o superior al 33 %. Para ello
seleccionarán en el apartado de Exenciones «Diversidad Funcional» de la solicitud.
d) Las personas que estén en situación de exclusión social y esta se acredite por el
órgano competente en materia de bienestar social del ayuntamiento de residencia. Para
ello seleccionarán en el apartado de Exenciones «Otros» de la solicitud.
3.10
Bonificaciones.
3.10.1 Los miembros de una familia numerosa de categoría general o de una
familia monoparental de categoría general, disfrutarán de una bonificación del 50 % del
importe total de la tasa. Para ello seleccionarán en el apartado de Exenciones «Familia
Numerosa General» de la solicitud.
3.11 En ningún caso el pago realizado del recibo emitido, en las oficinas bancarias
correspondientes a que se hace referencia, supondrá la sustitución del trámite de
presentación en tiempo y forma de la solicitud.
3.12 No procederá la devolución de las tasas por derechos de examen si el pago
indebido de estas es por causas imputables exclusivamente a la persona candidata.
3.13 A cada solicitud deberá acompañarse, incorporándolos en un fichero digital
para incluir en cada uno de los apartados existentes en la aplicación, la siguiente
documentación:
a) Titulación académica y acreditación. [Bases 2.1.c) y 2.2.a)].
b) Hoja de servicios en caso de ostentar la condición de personal funcionario de
otras Universidades u Organismos Públicos. (Base 2.3).
c) Certificado I3 en el marco de programas de excelencia investigadora o el
certificado R3, como investigador/a establecido/a. [Base 2.2.b)].
Los documentos en idioma diferente al castellano/valenciano deberán aportarse
acompañados de su traducción por intérprete jurado a una de dichas lenguas.
Admisión de aspirantes
4.1 En el plazo máximo de veinte días hábiles desde la finalización del plazo de
presentación de solicitudes se aprobará, mediante resolución del Rector de la Universitat
Politècnica de València, la lista provisional de las personas candidatas admitidas y
excluidas, con indicación de las causas de exclusión y se publicará en la página Web de
la Vicegerencia de Recursos Humanos y Estructura Organizativa/Personal Docente e
Investigador (https://www.upv.es/entidades/SRH/pdi/579824normalc.html).
4.2 Contra esta lista provisional las personas interesadas podrán presentar
reclamación ante el rector en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente al
de su publicación.
4.3 Finalizado el plazo de reclamaciones el rector, en un plazo máximo de diez días
hábiles, publicará en los medios establecidos anteriormente, una resolución en que se
apruebe la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, con indicación de las
causas de exclusión. Contra esta resolución se podrá interponer recurso de reposición
ante el rector en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 y
siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
5.
5.1
Comisiones de selección
Composición.
a) Los concursos de acceso serán juzgados por comisiones, cuya composición
deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros,
cve: BOE-A-2025-7624
Verificable en https://www.boe.es
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