Ministerio de CulturaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Mercado de divisas. (BOE-B-2025-14091)
Extracto de la Resolución de 7 de abril de 2025 de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la traducción a lenguas extranjeras correspondientes al año 2025
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91
Martes 15 de abril de 2025
Sec. V-B. Pág. 21171
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE CULTURA
14091
Extracto de la Resolución de 7 de abril de 2025 de la Secretaría de
Estado de Cultura, por la que se convocan subvenciones, en régimen
de concurrencia competitiva, para el fomento de la traducción a lenguas
extranjeras correspondientes al año 2025
BDNS(Identif.):826211
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
826211)
Primero. Beneficiarios
Podrán solicitar estas subvenciones: entidades editoriales extranjeras, de
naturaleza pública o privada, con o sin ánimo de lucro, que sean personas jurídicas
o personas físicas dadas de alta en el régimen de autónomo de su país de origen,
siempre que estén legalmente constituidas.
Segundo. Objeto
Obras completas literarias, clásicas y contemporáneas, o científicas.
La obra objeto de traducción deberá estar publicada en cualquiera de las
lenguas oficiales de España, así como aquellas con reconocimiento jurídico en los
estatutos de autonomía de las Comunidades Autónomas y, además, deberá
cumplir con una de estas dos condiciones:
a) que haya sido publicada por una editorial española que posea los derechos
de edición y distribuida en territorio nacional.
b) que, no habiendo sido publicada por editoriales españolas, su autor tenga
nacionalidad española.
Una misma entidad editorial no podrá solicitar ayuda para más de tres
proyectos. En el supuesto de que el mismo titulas supere este límite, se evaluarán
las primeras tres solicitudes que haya presentado, según fecha, hora y número de
registro, considerándose excluidas las restantes.
Las bases reguladoras por las que se rige esta ayuda fueron establecidas a
través de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, publicadas en el BOE
número 275, con fecha de 13 de noviembre de 2010.
Cuarto. Cuantía
El importe de las subvenciones convocadas será, como máximo de 397.540,00
euros, para las traducciones de obras completas, a cargo exclusivamente de
entidades editoriales extranjeras.
cve: BOE-B-2025-14091
Verificable en https://www.boe.es
Tercero. Bases reguladoras
Núm. 91
Martes 15 de abril de 2025
Sec. V-B. Pág. 21171
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MINISTERIO DE CULTURA
14091
Extracto de la Resolución de 7 de abril de 2025 de la Secretaría de
Estado de Cultura, por la que se convocan subvenciones, en régimen
de concurrencia competitiva, para el fomento de la traducción a lenguas
extranjeras correspondientes al año 2025
BDNS(Identif.):826211
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
826211)
Primero. Beneficiarios
Podrán solicitar estas subvenciones: entidades editoriales extranjeras, de
naturaleza pública o privada, con o sin ánimo de lucro, que sean personas jurídicas
o personas físicas dadas de alta en el régimen de autónomo de su país de origen,
siempre que estén legalmente constituidas.
Segundo. Objeto
Obras completas literarias, clásicas y contemporáneas, o científicas.
La obra objeto de traducción deberá estar publicada en cualquiera de las
lenguas oficiales de España, así como aquellas con reconocimiento jurídico en los
estatutos de autonomía de las Comunidades Autónomas y, además, deberá
cumplir con una de estas dos condiciones:
a) que haya sido publicada por una editorial española que posea los derechos
de edición y distribuida en territorio nacional.
b) que, no habiendo sido publicada por editoriales españolas, su autor tenga
nacionalidad española.
Una misma entidad editorial no podrá solicitar ayuda para más de tres
proyectos. En el supuesto de que el mismo titulas supere este límite, se evaluarán
las primeras tres solicitudes que haya presentado, según fecha, hora y número de
registro, considerándose excluidas las restantes.
Las bases reguladoras por las que se rige esta ayuda fueron establecidas a
través de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, publicadas en el BOE
número 275, con fecha de 13 de noviembre de 2010.
Cuarto. Cuantía
El importe de las subvenciones convocadas será, como máximo de 397.540,00
euros, para las traducciones de obras completas, a cargo exclusivamente de
entidades editoriales extranjeras.
cve: BOE-B-2025-14091
Verificable en https://www.boe.es
Tercero. Bases reguladoras