Consejo General Del Poder Judicial. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Carrera Judicial. (BOE-A-2025-7606)
Acuerdo de 10 de abril de 2025, del Tribunal calificador del proceso selectivo convocado por Acuerdo de 8 de febrero de 2023, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, para la provisión de plazas entre juristas de reconocida competencia con más de diez años de ejercicio profesional en las materias propias de los órganos del orden civil, del orden penal o de los órganos con jurisdicción compartida, para el acceso a la Carrera Judicial por la categoría de Magistrado/a, por el que, en ejecución de las sentencias del Tribunal Supremo, se convoca a dos aspirantes a la lectura del dictamen.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91
Martes 15 de abril de 2025
Sec. II.B. Pág. 52597
Cuarto.
Por sentencia del Tribunal Supremo recaída en el recurso contencioso-administrativo
núm. 002/0347/2024 interpuesto por María Pilar Abellá Frigola, aspirante con núm. de
orden 2, del proceso correspondiente a la jurisdicción compartida, se estima en parte el
recurso presentado por la interesada, de manera que la puntuación total de sus méritos
queda establecida en 19,79 puntos, lo que supone la superación de la nota de corte
establecida para los aspirantes del turno libre del orden jurisdiccional compartido
establecida en 19,67 puntos, según acuerdo de este Tribunal de 13 de diciembre
de 2023 (BOE del 22 de diciembre de 2023).
Quinto.
Habiendo superado ambas aspirantes la fase de baremación de méritos, procede
convocarlas a la siguiente fase, de lectura del dictamen. La lectura tendrá lugar el día 22
de abril, a las 16:00 horas en la sede de la Escuela Judicial en Madrid, C/Trafalgar, 27-29,
en el siguiente orden:
Número
Orden
Apellidos y nombre
33
Civil.
Fernández Marcaida, Idoya.
2
Compartido.
Abellá Frigola, María Pilar.
Se efectuará un único llamamiento, quedando las personas aspirantes decaídas de
su derecho si no comparecen, salvo que, con anterioridad a dicho acto, justifiquen la
causa de la incomparecencia o, de no poder hacerlo, lo acrediten sin demora. Por el
Tribunal se valorarán las circunstancias alegadas y, en caso de estimarse justificada la
incomparecencia, convocará a la aspirante en una nueva sesión.
Sexto.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 121, 122 y concordantes de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso de
alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, dentro del mes siguiente al
de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2025-7606
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 10 de abril de 2025.–El Presidente del Tribunal calificador, Leopoldo Puente
Segura.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 91
Martes 15 de abril de 2025
Sec. II.B. Pág. 52597
Cuarto.
Por sentencia del Tribunal Supremo recaída en el recurso contencioso-administrativo
núm. 002/0347/2024 interpuesto por María Pilar Abellá Frigola, aspirante con núm. de
orden 2, del proceso correspondiente a la jurisdicción compartida, se estima en parte el
recurso presentado por la interesada, de manera que la puntuación total de sus méritos
queda establecida en 19,79 puntos, lo que supone la superación de la nota de corte
establecida para los aspirantes del turno libre del orden jurisdiccional compartido
establecida en 19,67 puntos, según acuerdo de este Tribunal de 13 de diciembre
de 2023 (BOE del 22 de diciembre de 2023).
Quinto.
Habiendo superado ambas aspirantes la fase de baremación de méritos, procede
convocarlas a la siguiente fase, de lectura del dictamen. La lectura tendrá lugar el día 22
de abril, a las 16:00 horas en la sede de la Escuela Judicial en Madrid, C/Trafalgar, 27-29,
en el siguiente orden:
Número
Orden
Apellidos y nombre
33
Civil.
Fernández Marcaida, Idoya.
2
Compartido.
Abellá Frigola, María Pilar.
Se efectuará un único llamamiento, quedando las personas aspirantes decaídas de
su derecho si no comparecen, salvo que, con anterioridad a dicho acto, justifiquen la
causa de la incomparecencia o, de no poder hacerlo, lo acrediten sin demora. Por el
Tribunal se valorarán las circunstancias alegadas y, en caso de estimarse justificada la
incomparecencia, convocará a la aspirante en una nueva sesión.
Sexto.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 121, 122 y concordantes de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso de
alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, dentro del mes siguiente al
de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2025-7606
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 10 de abril de 2025.–El Presidente del Tribunal calificador, Leopoldo Puente
Segura.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X