Ministerio Fiscal. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Nombramientos. (BOE-A-2025-7522)
Decreto de 28 de marzo de 2025, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado de la Fiscalía Especial Antidroga en la Fiscalía Provincial de Badajoz a don Diego Yebra Rovira.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90
Lunes 14 de abril de 2025
Sec. II.A. Pág. 51835
Fundamentos de Derecho
Primero.
El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los fiscales decanos de las
Fiscalías serán nombrados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado,
a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo. El mismo precepto exige que, para la
cobertura de estos cargos y con carácter previo, se realice una convocatoria entre los
fiscales de la plantilla, así como que la propuesta se acompañe de una relación de todos
los que lo hayan solicitado, con aportación de los méritos alegados (artículo 36.4).
Por su parte, el artículo 62.1 del Reglamento del Ministerio Fiscal (Real Decreto
305/2022, de 3 de mayo), establece que los fiscales delegados de las Fiscalías
Especiales serán nombrados, tras convocatoria pública, mediante Decreto de la persona
titular de la Fiscalía General del Estado previa propuesta motivada, acompañada del
correspondiente informe del Fiscal de Sala Jefe de la Fiscalía Especial, e informe del
Fiscal Jefe de la Fiscalía correspondiente, oído el Consejo Fiscal. En las solicitudes
informadas, los solicitantes tendrán que acreditar la formación específica y la experiencia
práctica en la materia propia de la Fiscalía Especial, valorándose especialmente el
tiempo que se haya formado parte de la sección especializada en la misma o distinta
Fiscalía, los cursos de especialización, las publicaciones y la docencia impartida sobre la
misma. Todo ello ha sido cumplido en este expediente, destacando los méritos del único
peticionario.
Segundo.
La Instrucción de 1 de agosto de 2008, de la Inspección de la Fiscalía General del
Estado, establece reglas para unificar criterios en las propuestas, con especificaciones
para los delegados provinciales de las Fiscalías Anticorrupción y Antidroga. Establece
que los nombramientos y ceses de los delegados provinciales de la especialidad irán
precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente Fiscal de Sala Coordinador,
que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y, seguidamente se
trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.
Tercero.
Se han llevado a cabo, por tanto, todos los trámites previstos para proceder al
nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta de la Fiscal Jefa Antidroga está
suficientemente motivada y avala la idoneidad del candidato, al igual que el informe
previo del Fiscal Jefe Provincial.
1. Nombrar, sin dedicación exclusiva, al Ilmo. Sr. Fiscal don Diego Yebra Rovira
como fiscal delegado de la Fiscalía Especial Antidroga en la Fiscalía Provincial de
Badajoz.
2. Notificar el presente Decreto a la Excma. Sra. Fiscal Jefa Antidroga, al Ilmo. Sr.
Fiscal Jefe Provincial de Badajoz, que lo trasladará al fiscal interesado y al resto de la
plantilla, y al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, con
entrega de copias de la resolución.
3. Publíquese el presente nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».
4. Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de
un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su
publicación ante la Fiscalía General del Estado (calle Fortuny, 4 Madrid 28010) en los
cve: BOE-A-2025-7522
Verificable en https://www.boe.es
En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones
del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y del RMF, y haciendo propia la
fundamentación de aquella, acuerdo:
Núm. 90
Lunes 14 de abril de 2025
Sec. II.A. Pág. 51835
Fundamentos de Derecho
Primero.
El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los fiscales decanos de las
Fiscalías serán nombrados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado,
a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo. El mismo precepto exige que, para la
cobertura de estos cargos y con carácter previo, se realice una convocatoria entre los
fiscales de la plantilla, así como que la propuesta se acompañe de una relación de todos
los que lo hayan solicitado, con aportación de los méritos alegados (artículo 36.4).
Por su parte, el artículo 62.1 del Reglamento del Ministerio Fiscal (Real Decreto
305/2022, de 3 de mayo), establece que los fiscales delegados de las Fiscalías
Especiales serán nombrados, tras convocatoria pública, mediante Decreto de la persona
titular de la Fiscalía General del Estado previa propuesta motivada, acompañada del
correspondiente informe del Fiscal de Sala Jefe de la Fiscalía Especial, e informe del
Fiscal Jefe de la Fiscalía correspondiente, oído el Consejo Fiscal. En las solicitudes
informadas, los solicitantes tendrán que acreditar la formación específica y la experiencia
práctica en la materia propia de la Fiscalía Especial, valorándose especialmente el
tiempo que se haya formado parte de la sección especializada en la misma o distinta
Fiscalía, los cursos de especialización, las publicaciones y la docencia impartida sobre la
misma. Todo ello ha sido cumplido en este expediente, destacando los méritos del único
peticionario.
Segundo.
La Instrucción de 1 de agosto de 2008, de la Inspección de la Fiscalía General del
Estado, establece reglas para unificar criterios en las propuestas, con especificaciones
para los delegados provinciales de las Fiscalías Anticorrupción y Antidroga. Establece
que los nombramientos y ceses de los delegados provinciales de la especialidad irán
precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente Fiscal de Sala Coordinador,
que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y, seguidamente se
trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.
Tercero.
Se han llevado a cabo, por tanto, todos los trámites previstos para proceder al
nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta de la Fiscal Jefa Antidroga está
suficientemente motivada y avala la idoneidad del candidato, al igual que el informe
previo del Fiscal Jefe Provincial.
1. Nombrar, sin dedicación exclusiva, al Ilmo. Sr. Fiscal don Diego Yebra Rovira
como fiscal delegado de la Fiscalía Especial Antidroga en la Fiscalía Provincial de
Badajoz.
2. Notificar el presente Decreto a la Excma. Sra. Fiscal Jefa Antidroga, al Ilmo. Sr.
Fiscal Jefe Provincial de Badajoz, que lo trasladará al fiscal interesado y al resto de la
plantilla, y al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, con
entrega de copias de la resolución.
3. Publíquese el presente nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».
4. Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de
un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su
publicación ante la Fiscalía General del Estado (calle Fortuny, 4 Madrid 28010) en los
cve: BOE-A-2025-7522
Verificable en https://www.boe.es
En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones
del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y del RMF, y haciendo propia la
fundamentación de aquella, acuerdo: