Tribunal Constitucional. T.C. Sección del Tribunal Constitucional. Sentencias. (BOE-A-2025-7427)
Sala Segunda. Sentencia 61/2025, de 10 de marzo de 2025. Recurso de amparo 7706-2024. Promovido por doña Nagore Gamboa Uriarte en relación con las resoluciones administrativas y judiciales que desestimaron su petición de revisión y ampliación de la prestación por nacimiento y cuidado de hijo menor, como madre biológica de familia monoparental. Vulneración del derecho a la igualdad ante la ley sin discriminación por razón de nacimiento: resoluciones judiciales y administrativas que aplican una regulación legal declarada inconstitucional en la STC 140/2024, en tanto que omite la posibilidad de que las madres biológicas de familias monoparentales, trabajadoras por cuenta ajena, puedan ampliar su permiso por nacimiento disfrutando del permiso que correspondería al otro progenitor, caso de existir.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Viernes 11 de abril de 2025

Sec. TC. Pág. 51439

En consecuencia, debe estimarse la demanda y otorgar el amparo solicitado,
declarando la nulidad de las resoluciones de 22 de junio y de 23 de julio de 2021
dictadas por el INSS por las que se denegaba la ampliación de la prestación de
nacimiento y cuidado de menor; la sentencia núm. 76/2023, de 23 de febrero, dictada por
el Juzgado de lo Social núm. 1 de Bilbao, en autos de Seguridad Social en materia
prestacional núm. 923-2021; la sentencia de 21 de noviembre de 2023 de la Sala de lo
Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco –recurso de suplicación
núm. 824-2023–; y, finalmente el auto dictado el 25 de septiembre de 2024 por la Sala de
lo Social del Tribunal Supremo, que inadmite el recurso de casación para unificación de
doctrina núm. 417-2024.
Como concretamos en la referida STC 140/2024, FJ 7, en tanto el legislador no lleve
a cabo la consiguiente reforma normativa, en las familias monoparentales el permiso a
que hace referencia el art. 48.4 LET (y en relación con él, la prestación regulada en el
art. 177 LGSS), ha de ser interpretado en el sentido de adicionarse al permiso del primer
párrafo para la madre biológica, el previsto para progenitor distinto conforme a la
legislación aplicable, excluyendo las semanas que necesariamente deben disfrutarse de
forma ininterrumpida e inmediatamente posterior al parto.
FALLO
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le
confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido:
1.º Estimar la demanda presentada por doña Nagore Gamboa Uriarte por
vulneración del derecho fundamental a la igualdad ante la ley sin discriminación por
razón de nacimiento (art. 14 CE), con reconocimiento de tal derecho.
2.º Declarar la nulidad de las resoluciones de 22 de junio y de 23 de julio de 2021
dictadas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social por las que se denegaba la
ampliación de la prestación de nacimiento y cuidado de menor; la sentencia
núm. 76/2023, de 23 de febrero, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Bilbao, en
autos de Seguridad Social en materia prestacional núm. 923-2021; la sentencia de 21 de
noviembre de 2023 de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País
Vasco –recurso de suplicación núm. 824-2023–; y, finalmente el auto dictado el 25 de
septiembre de 2024 por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, que inadmite el
recurso de casación para unificación de doctrina núm. 417-2024.
3.º Retrotraer las actuaciones al momento previo al dictado de la resolución de 22
de junio de 2021 del INSS a fin de que, en los términos expuestos en el último párrafo
del fundamento jurídico único, se dicte otra respetuosa con el derecho de la recurrente
cuya vulneración ha sido declarada.
Publíquese esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2025-7427
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Dada en Madrid, a diez de marzo de dos mil veinticinco.–Inmaculada Montalbán
Huertas.–María Luisa Balaguer Callejón.–Ramón Sáez Valcárcel.–Enrique Arnaldo
Alcubilla.–César Tolosa Tribiño.–Laura Díez Bueso.–Firmado y rubricado.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X