Consejo de Estado. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2025-7350)
Resolución de 7 de abril de 2025, del Consejo de Estado, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Viernes 11 de abril de 2025

Sec. II.B. Pág. 50935

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

CONSEJO DE ESTADO
7350

Resolución de 7 de abril de 2025, del Consejo de Estado, por la que se
convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.1.b), párrafo segundo, y c), de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública,
modificado en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio, con el alcance establecido
en la disposición final cuarta del Estatuto Básico del Empleado Público, texto refundido,
aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en relación con el
capítulo III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de ingreso del Personal al servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, se efectúa convocatoria
para proveer puestos de trabajo por el sistema de libre designación.
Este Consejo de Estado acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre
designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente
resolución, con arreglo a las siguientes
Bases
Primera.
El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por los/as funcionarios/as
públicos que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño del mismo.
Segunda.
Los interesados dirigirán su solicitud al Excmo. Sr. Secretario General Accidental del
Consejo de Estado (calle Mayor, 79, CP 28013), dentro del plazo de quince días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín
Oficial del Estado».
Tercera.

a) Títulos académicos.
b) Años de servicio y puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Administración
Pública como en la empresa privada, en su caso.
c) Estudios y cursos realizados, conocimiento de idiomas y otros méritos que los
aspirantes estimen oportuno poner de manifiesto.
Harán constar detalladamente las características del puesto que vinieran
desempeñando.
A la citada solicitud podrán acompañar, en todo caso, aquellas publicaciones,
informes o cualquier otra documentación que permita apreciar los requisitos exigidos.

cve: BOE-A-2025-7350
Verificable en https://www.boe.es

Además de los datos personales, número de Registro de Personal y destino actual,
los aspirantes deberán acompañar a su escrito un currículo vitae, en el que harán
constar: