Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. III. Otras disposiciones. Trabajadores del mar. (BOE-A-2025-7416)
Resolución de 4 de abril de 2025, del Instituto Social de la Marina, por la que se regula el botiquín a bordo de determinados buques.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Viernes 11 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 51356

(Reverso)
Certificado del botiquín tipo B adaptado
Normativa reguladora (Governing regulations)
La revisión de los botiquines a bordo se efectúa de conformidad a lo dispuesto en el
Convenio n.º 164 de la OIT, sobe la Protección de la Salud y la Asistencia Médica de la
gente del mar y en el RD 258/1999, de 12 de febrero, transposición al ordenamiento
jurídico español de la Directiva 92/29/CEE del Consejo, de 31 de marzo, relativa a las
disposiciones mínimas de seguridad y salud para promover una mejor asistencia médica
a bordo de los buques. (On board first aid kid inspections are carried out in accordance
with the terms of ILO Convention no. 164 concerning Health Protection and Medical Care
for Seafarers and Royal Decree 258/1999 of 12 February, which incorporates into
Spanish law European Council Directive 92/29/CEE of 31 March on the minimum safety
and health requirements for improved medical treatment on board vessels).
RECURSOS
En caso de disconformidad con el resultado de la revisión del botiquín a bordo, podrá
formularse recurso en el plazo de un mes, ante la Dirección Provincial del Instituto Social
de la Marina, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La resolución
expresa, o desestimación por silencio administrativo trascurrido el plazo de tres meses
desde la interposición del recurso pone fin a la vía administrativa, pudiendo recurrirse
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos o seis meses,
respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
PROTECCIÓN DE DATOS

cve: BOE-A-2025-7416
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Conforme a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, se informa que los datos de la revisión
del botiquín van a ser incorporados al fichero informatizado, cuya titularidad corresponde
al Instituto Social de la Marina (ISM). Asimismo, se informa que podrá ejercerse el
derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante escrito dirigido a la
Subdirección General de Acción Social Marítima del ISM.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X